Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos - Ley
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REHABILITACIÓN DE LA
CONFEDERACIÓN DE LAS CÁMARAS DE COMERCIO DE NICARAGUA Y DEL
INSTITUTO NICARAGÜENSE DE DESARROLLO (INDE)
Decreto No. 29, Aprobado el 3 de agosto de 1979
Publicado en La Gaceta No. 3 del 24 de agosto de 1979
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Considerando:
1.- Que en los lineamientos básicos de su Programa de Gobierno
figura en el Área Política la derogación de las Leyes represivas
especialmente aquellas que atentan contra la dignidad e integridad
de las personas y que, congruente con esta, Política 1, Título II,
Derechos y Garantías, Capítulo Único, Principios Fundamentales, el
Artículo 6 del Estatuto Fundamental de la República, se garantiza
la plena vigencia de los Derechos Humanos consignados en la
Declaración Universal.2.-Teniendo en cuenta que la declaración universal de los Derechos
Humanos en su Artículo 20 No. 1, establece que toda persona tiene
derecho a la Libertad de Reunión y de Asociación Pacífica:
Decreta:
Artículo 1.- Deróganse: el Acuerdo Ejecutivo No. 162 del 29
de agosto de 1978, el Decreto Legislativo No. 163 del 31 de agosto
de 1978, publicados en "La Gaceta" en sus ediciones de agosto 29 y
30 y del 2 de septiembre, respectivamente.
Artículo 2.- Rehabilitase en consecuencia a la Confederación
de Cámaras de Comercio de Nicaragua, a las Cámaras de Comercio de
Nicaragua y al Instituto Nicaragüense de Desarrollo (INDE) en el
pleno uso y goce de sus derechos, los que conservan su personalidad
jurídica sin solución de continuidad desde el momento mismo con que
fueron aprobados sus Estatutos y se les otorgó la respectiva
personalidad jurídica.
Artículo 3.- La presente Ley entrará en vigencia hoy, desde
el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación
colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior en el Diario
Oficial.
Managua, tres de agosto de mil novecientos setenta y nueve. "Año de
la Liberación Nacional".
Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Violeta B. de
Chamorro. - Sergio Ramírez M. - Daniel Ortega S. - Alfonso
Robelo C. - Moisés Hassan M.
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