Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Decretos - Ley
-
REFORMA AL DECRETO No. 770
(ADICIÓN AL DECRETO No. 14 (TRANSFORMACIÓN DEL DISTRITO NACIONAL EN
JUNTA DE RECONSTRUCCIÓN DE MANAGUA)
Decreto No. 1055 de 5 de junio de 1982
Publicado en La Gaceta No. 138 de 14 de junio de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Refórmase el Artículo 1 del Decreto No. 770, publicado en "La
Gaceta", No. 170 del 31 de julio de 1981, el cual se leerá
así:
Artículo 1.- Adiciónase un nuevo artículo al Decreto No. 14
del 23 de julio de 1979, publicado en "La Gaceta" No. 2 del 23 de
agosto de 1979 que será el Artículo 3 y se leerá así:
"Arto 3.-La Junta de Reconstrucción de Managua queda facultada para
revisar los contratos de arrendamiento, subarrendamiento,
donaciones de terrenos ejidales y solares urbanos otorgados por
funcionarios del régimen somocista, de acuerdo con el procedimiento
que se establezca en el respectivo reglamento.
Practicada la revisión a que se refiere el párrafo anterior, la
Junta de Reconstrucción de Managua, podrá declarar:
a) La nulidad de los contratos objeto de dicha revisión en que no
se haya cumplido con los requisitos IMPUESTOS POR LA LEY, siempre
que la infracción amerite dicha sanción de nulidad;
b) La resolución de los mismos contratos cuando los interesados no
hayan cumplido con las obligaciones IMPUESTAS A ELLOS, bajo
condición resolutoria;
c)La validez, eficacia o firmeza de dichos contratos si así
cupiere.
En los casos de los acápites a) y b) de este artículo, la Junta de
Reconstrucción de Managua, quedará autorizada, de acuerdo con las
facultades que le confieren las leyes para disponer de los terrenos
y solares respectivos y otorgar las escrituras
correspondientes".
Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de
su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los cinco días del mes de junio de
mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la
Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova
Rivas.
-