Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos - Ley
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REFORMA A LA LEY SOBRE ARANCELES
DE MIGRACION Y EXTRANJERIA
Decreto No. 76, Aprobado el 16 de Abril de 1985
Publicado en La Gaceta No. 72 de 18 de Abril de 1985
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
DECRETA:
La siguiente:
REFORMA A LA LEY SOBRE ARANCELES DE MIGRACION Y
EXTRANJERIA
Artículo 1.-Se reforma el Artículo 1 del Decreto No.1431;
Reforma a la Ley sobre Aranceles de Migración y Extranjería, del 16
de Enero de 1984, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No.83
del 27 de Abril de 1984, el cual se leerá así:
Arto.1- El Arancel por servicios de Migración y Extranjería que
deberá enterarse al Estado, será el siguiente:
a) Formulario de solicitud (visas, Pasaportes, Prórrogas, etc) C$
50.00
b) Visa o permiso de salida C$ 700.00
c) Visa múltiple por tres meses C$3,000.00
d) Visa múltiple por seis meses C$6,000.00
e) Prórroga de estancia C$ 500.00
f) Pasaporte nuevo C$3,000.00
g) Documento de identidad y viaje C$ 500.00
h) Revalidación de Pasaporte C$1,000.00
i) Constancia C$ 200.00
j) Declaración de pérdida de Pasaporte C$ 500.00
Quedan exentos de estos Aranceles las personas que viajen en
misiones oficiales y/o diplomáticas
Artículo 2.-El presente decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación por cualquier medio de comunicación, sin
perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua a los dieciséis días del mes de Abril
de Mil novecientos ochenta y cinco. "Por la Paz, Todos contra la
agresión" DANIEL ORTEGA SAAVEDRA. Presidente de la República
de Nicaragua.
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