Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos - Ley
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REFORMA A LA LEY SOBRE ARANCEL
DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
Decreto No. 1431 de 10 de Enero de 1984
Publicado en La Gaceta No. 83 de 27 de Abril de 1984
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Se reforma el Artículo 1 del Decreto No. 848,
Ley Sobre Arancel de Migración y Extranjería, publicado en "La
Gaceta", Diario Oficial, No. 246 del 30 de Octubre de 1981, el cual
se leerá así:
"Artículo 1.- El arancel por servicio de Migración y Extranjería
que deberá enterarse al Estado, será el siguiente:
a) Formularios de solicitud (visas, pasaportes, prórrogas,
etc.) C$ 10.00
b) Visa o permiso de salida C$ 200.00
c) Visa múltiple por tres meses C$ 900.00
d) Visa múltiple por seis meses C$1,800.00
e) Prórroga de Estancia C$ 100.00
f) Pasaporte Nuevo C$1,000.00
g) Documento de Identidad y Viaje C$ 200.00
h) Revalidación de Pasaporte C$ 400.00
i) Constancia C$ 50.00
j) Declaración de Pérdida de Pasaporte C$ 200.00
Quedan exentos de estos Aranceles las personas que viajan en
misiones oficiales y/o diplomáticos.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde
el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación
colectivo, sin perjuicio de su publicación posterior en "La
Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los diez días del mes de Enero de
mil novecientos ochenta y cuatro. "A Cincuenta Años Sandino
Vive".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL.- Daniel Ortega
Saavedra.- Sergio Ramírez Mercado. - Rafael Córdova
Rivas.
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