Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos - Ley
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REFORMA A LA "LEY DE IMPUESTO
SOBRE PATRIMONIO NETO"
Decreto No. 1469 de 9 de Julio de 1984
Publicado en La Gaceta No.141 de 20 de Julio de 1984
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades y con fundamento en el Artículo 23 del
Decreto No. 388 del 2 de Mayo de 1980.
Hace saber al pueblo nicaragüense:
Único: Que aprueba las enmiendas hechas por el Consejo de Estado en
sesión ordinaria No. 6 del cuatro de Julio de mil novecientos
ochenta y cuatro. 1984: "A Cincuenta Años Sandino Vive", a
la Reforma de "Ley de Impuesto sobre Patrimonio Neto". El que ya
reformado íntegra y literalmente se leerá así:
REFORMA A LA
"LEY DE IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO NETO"
Artículo 1.- Reafirmase el párrafo final del Arto. 13, el
cual se leerá así:
El Ministerio de Finanzas a través de la Dirección General de
Ingresos, queda facultado para autorizar períodos fiscales
especiales a Empresas, personas naturales o jurídicas que por la
naturaleza de sus actividades, cierren sus ejercicios contables con
fecha diferente al 30 de Junio.
Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de
la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los nueve días del mes de Julio de
mil novecientos ochenta y cuatro. "A Cincuenta Años Sandino
Vive
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL.- Daniel Ortega
Saavedra. -Sergio Ramírez Mercado.
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