Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Turismo
Rango: Decretos - Ley
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REFORMA A LA LEY CREADORA DEL
INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TURISMO
Decreto No. 731 de 25 de mayo de 1981
Publicado en La Gaceta No. 117 de 30 de mayo de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Se reforma el Arto. 6o de la Ley Creadora del
Instituto Nicaragüense de Turismo, contenida en el Decreto No. 161
del 20 de noviembre de 1979, el que se leerá así:
«Arto 6- Ninguna persona natural o jurídica podrá utilizar los
términos "Turismo" o "Turístico" en conexión con la denominación
oficial de una empresa o actividad».
Artículo 2.-Se reforma el Arto. 36 de la Ley citada el que
se leerá así:
«Arto 36.-Se faculta al Instituto Nicaragüense de Turismo para
dictar los Reglamentos de la presente Ley».
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia desde la
fecha de su publicación en "La Gaceta" Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinticinco días del mes de
mayo de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la
Producción".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdova Rivas.
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