Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos - Ley
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RATIFICACIÓN DEL ACUERDO DE
ALCANCE PARCIAL ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS
DECRETO No. 186, Aprobado el 24 de Abril de 1986
Publicado en La Gaceta No.81 de 25 de Abril de 1986
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Considerando
I
Que el Gobierno de Nicaragua y el Gobierno de México, a través de
sus respectivos Plenipotenciarios suscribieron un Acuerdo de
Alcance Parcial, el día ocho de abril de mil novecientos ochenta y
cinco, en la ciudad de México;
II
Que ambos países desean, normar su intercambio comercial mediante
la suscripción del Acuerdo de Alcance Parcial, con el fin de
organizar, desarrollar e incrementar su Comercio Exterior;
III
Que de conformidad con el Artículo 25 del Acuerdo de Alcance
Parcial, éste entrará en vigor en la fecha en que se realice el
canje de los instrumentos de Ratificación el cual se efectuará una
vez que las partes contratantes hayan obtenido la aprobación
requerida de acuerdo con sus procedimientos internos:
Por Tanto
En uso de sus facultades,
DECRETAArtículo 1.-Aprobar y ratificar en todas y cada una de sus
partes el Acuerdo de Alcance Parcial suscrito entre el Gobierno de
Nicaragua y el Gobierno de México, el día ocho de abril de mil
novecientos ochenta y cinco.
Artículo 2.-Expedir el correspondiente Instrumento de
Ratificación por medio del MINISTERIO DEL EXTERIOR, para ser
depositado ante el Ilustrado Gobierno de México, según lo
estipulado en el artículo del referido Acuerdo.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinticuatro días del mes de
abril de mil novecientos ochenta y seis. "A25 Años, "Todas las
Armas Contra la Agresión".DANIEL ORTEGA SAAVEDRA,
Presidente.
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