Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos - Ley
-
RATIFICACIÓN
Decreto No. 200 de 5 de junio de 1986
Publicado en La Gaceta No.117 de 7 de junio de
1986
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta
Artículo 1.-
Se ratifica en todas y cada una de sus partes, el Contrato de
Préstamo otorgado por el Instituto Centrales Per IL Crédito a Medio
Termine - Medio Crédito Centrale de Italia, a la República de
Nicaragua por la suma de Quince millones de Dólares de Estados
Unidos (US$ 15.000.000.00) para financiar la adquisición de bienes
y servicios para la realización de la Segunda Unidad de la Planta
Geotérmica Momotombo, suscrito en Roma, Italia el once de Diciembre
de mil novecientos ochenta y cinco.
Artículo 2.-
El Ministerio de Finanzas deberá establecer oportunamente en
los Presupuestos de Ingresos y Egresos de la. República, las
cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones
contraídas.
Artículo 3.-
El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su
publicación colectiva, sin perjuicio de su publicación en "La
Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los cinco días del mes de Junio
de mil novecientos ochenta y seis. "A 25 Años, Todas las Armas
contra la Agresión" Daniel Ortega Saavedra, Presidente.
-