Prórroga Vigencia De Ley De Salario Mínimo

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Laboral y Seguridad Social Rango: Decretos - Ley - PRÓRROGA VIGENCIA DE LEY DE SALARIO MÍNIMO DECRETO No. 1256. Aprobado el 26 de Mayo de 1983 Publicado en La Gaceta No. 125 del 1 de Junio de 1983 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades, DECRETA: Artículo 1.- Se prorroga la vigencia de la Ley de Salario Mínimo Decreto No. 719 del 30 de Abril de 1981, hasta el 30 de Noviembre de 1983, mientras se terminan los estudios que fundamentarán la nueva Tabla de Salarios Mínimos. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 1o. de Junio de 1983, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los veintiséis días del mes de Mayo de mil novecientos ochenta y tres. "Año de Lucha por la Paz y la Soberanía". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. - DANIEL ORTEGA SAAVEDRA. - SERGIO RAMÍREZ MERCADO. - RAFAEL CÓRDOVA RIVAS. -