Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos - Ley
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PENDIENTE REVISIÓN DE FECHAS DE
GACETA PRORROGA PERIODOS DE AUTORIDADES DE LA UNAN
Decreto No. 997 de 24 de marzo de 1982
Publicado en La Gaceta No. 57 de 30 de marzo de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
en uso de las facultades que le confiere el Arto 27, literal b) del
Estatuto General del Consejo de Estado de la República,
Considerando:
I
Que de acuerdo con la Ley Orgánica de la Universidad Nacional
Autónoma de Nicaragua, publicada en "La Gaceta" del 27 de marzo de
1958, los períodos de las autoridades universitarias vencen el día
27 de marzo próximo.
II
Que ésta Junta de Gobierno, estudia la próxima publicación de una
Ley Orgánica del Sistema Nacional de la Educación Superior.
Decreta:
Artículo 1.-Se prorrogan los períodos de las autoridades de
la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, establecidos en los
Arts.19 y 22 de la Ley Orgánica de la Universidad.
Artículo 2.-La prórroga establecida en el artículo anterior
durará hasta la promulgación de la Ley Orgánica de la Educación
Superior en Nicaragua.
Artículo 3.-La presente Ley entrará en vigencia desde su
publicación en cualquier medio de difusión colectiva sin perjuicio
de su oportuna publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinticuatro días del mes de
marzo de mil novecientos ochenta y dos. - "Año de la Unidad Frente
a la Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DI, RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova
Rivas.
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