Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos - Ley
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LEY DE DIRECCIÓN NACIONAL DE
INFORMÁTICA. REFORMAS
DECRETO No. 1318. Aprobado el 8 de Septiembre de 1983
Publicado en La Gaceta No. 212 del 17 de Septiembre de 1983
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
DECRETA:
Refórmase el Decreto No. 1273 del 14 de Junio de 1983 "Ley de la
Dirección Nacional de Informática" publicado en La Gaceta, Diario
Oficial No. 154 del 5 de Julio de 1983, de la manera
siguiente:
Artículo 1.- El literal a) del artículo 3 del citado Decreto
se leerá así:
"a) Impulsar el desarrollo ordenado e integrado de sistemas de
información informatizada".
Artículo 2.- El literal a) del artículo 4 del mismo Decreto,
se leerá así:
"a) Elaborar, establecer y controlar el cumplimiento de principios
metodológicos únicos, para la confección de sistemas de información
informatizada, de manera que se garanticen su elaboración e
introducción en forma técnica y económica fundamentada".
Artículo 3.- Se suprime el párrafo final del artículo 4 del
referido Decreto, relativo al procedimiento para la aprobación a
que se refiere el literal k) del mismo artículo.
Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los ocho días del mes de Septiembre
de mil novecientos ochenta y tres. "Año de Lucha por la Paz y la
Soberanía".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL.- DANIEL ORTEGA
SAAVEDRA.- RAFAEL CÓRDOVA RIVAS.
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