Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos - Ley
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LEY CREADORA DEL CENTRO POPULAR
DE ESTUDIOS SUPERIORES (CPES)
DECRETO No. 1348. Aprobado el 15 de Noviembre de 1983
Publicado en La Gaceta No. 266 del 23 de Noviembre de 1983
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
Que Para el Estado Revolucionario es prioritario el fortalecimiento
del sistema educativo y considera una inversión social el
financiamiento de programas destinados a desarrollar la educación
de nuestro pueblo.
POR TANTO:
En uso de sus facultades,
DECRETA:
La siguiente:
Ley Creadora del Centro Popular de Estudios
Superiores
Artículo 1.- Créase el Centro Popular de Estudios Superiores
(CPES), como un centro de educación superior, con personalidad
Jurídica, patrimonio propio, duración indefinida y plena capacidad
para adquirir derechos y contraer obligaciones, el que se regirá
por esta Ley, por sus Estatutos y demás reglamentos que se dicten
al respecto.
Artículo 2.- El Centro Popular de Estudios Superiores (CPES)
estará bajo la responsabilidad y dirección de las autoridades que
designe el Consejo Nacional de la Educación Superior (CNES) las que
se harán cargo de su organización y funcionamiento de conformidad
con las disposiciones docentes y administrativas de dicho Consejo,
y tendrá su domicilio legal en la ciudad de Matagalpa.
Artículo 3.- El Consejo Nacional de la Educación Superior
(CNES), determinará el régimen organizativo y académico del Centro
Popular de Estudios Superiores (CPES), así como los recursos
financieros que formarán su patrimonio junto con todos los bienes y
recursos que adquiera y reciba a cualquier título.
Artículo 4.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de
su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los quince días del mes de
Noviembre de mil novecientos ochenta y tres. "Año de Lucha por la
Paz y la Soberanía".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL.- DANIEL ORTEGA
SAAVEDRA.- SERGIO RAMÍREZ MERCADO.- RAFAEL CÓRDOVA RIVAS.
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