Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Penal
Rango: Decretos - Ley
-
EXTRADICIÓN DE SOMOZA Y
FAMILIA
Decreto No. 1, Aprobado el 20 de julio de 1979
Publicado en La Gaceta No. 1 del 22 de agosto de 1979
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Se faculta al Procurador General de Justicia
para que de inmediato proceda a solicitar la extradición de
Anastasio Somoza Debayle, Anastasio Somoza Portocarrero, José
Somoza y demás miembros de la familia Somoza y sus allegados, lo
mismo que todos aquellos funcionarios públicos o militares que
hubieren abandonado el país a partir de diciembre de 1977 y a los
que por sentencia resultaren culpables de enriquecimiento
ilícito.
Artículo 2.-La presente Ley entrará en vigencia hoy, desde
el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación
colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior en el Diario
Oficial. Managua, veinte de julio de mil novecientos setenta y
nueve. "Año de la Liberación Nacional".
Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Violeta B. de
Chamorro. - Sergio Ramírez Mercado. - Moisés Hassan M. Alfonso
Robelo Callejas. - Daniel Ortega Saavedra.
-