Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Orden Interno
Rango: Decretos - Ley
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(DISPOSICIONES SOBRE DESTINO DE
MULTAS POLICIALES Y PRODUCTOS DE SUBASTAS DE ARMAS)
No. 23. Aprobado el 9 de Octubre de 1919
Publicado en La Gaceta No. 239 del 18 de Octubre de 1919
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de las facultades delegadas por el Poder Legislativo en la
ley de 27 de Febrero del presente año, y de la Suprema Dirección de
Policía, atribuida en el artículo 111 Cn.,
DECRETA:
Único:- Tanto las multas de la Policía republicana a que se
refiere el artículo 1º del Decreto Ejecutivo de 28 de Julio de
1917, como los productos de las subastas de armas que por las leyes
generales no corresponden al Fisco o a las Municipalidades,
ingresarán a la Tesorería General, quedando así reformado el citado
decreto de 28 de Julio del mismo año. (9 de octubre de 1919).
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