Declárase De Interés Cultural Nacional Iglesia De Nuestra Señora De Guadalupe En El Pueblito, Chichigalpa

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Decretos - Ley - DECLÁRASE DE INTERÉS CULTURAL NACIONAL IGLESIA DE NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE EN EL PUEBLITO, CHICHIGALPA DECRETO No. 1441, Aprobado el 8 de Marzo de 1968 Publicado en la Gaceta No. 109 del 17 de Mayo de 1968 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, a sus habitantes, SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: DECRETO No. 1441 La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua, DECRETAN: Artículo 1.- Se declara de interés cultural nacional, la Iglesia de Nuestra Señora de Guadalupe, situada en el Barrio suburbano denominado El Pueblito, de la ciudad de Chichigalpa. Artículo 2.- Con el objeto de mantener y conservar un buen estado el templo a que se refiere el artículo anterior, el Estado lo subvencionará con una pensión de Un Mil Córdobas (C$1,000.00) mensuales, que será incluida en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República. Artículo 3.- Los fondos que destine el Estado para el fin que se propone la presente Ley, serán administrados por una Junta integrada por: a) El Alcalde de Chichigalpa; b) El Cura Párroco de El Pueblito; c) Un representante del Ministerio de Educación Pública; y d) Un vecino del lugar. Artículo 4.- La presente Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., 8 de Marzo de 1968. Orlando Montenegro M., D. Presidente. Francisco Urbina R., D. Secretario. César Acevedo Quiroz, D. Secretario. Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado, Managua D. N., 14 de Marzo de 1968. Crisanto Sacasa, S. P. Pablo Rener, S.S. Constantino Mendieta R., S. S. Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D. N., quince de Marzo de mil novecientos sesenta y ocho. A. SOMOZA, Presidente de la República. Vicente Navas A., Ministro de la Gobernación. -