Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos - Ley
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DECLARACIÓN DE UTILIDAD
PÚBLICA
DECRETO No. 1355. Aprobado el 6 de Diciembre de 1983
Publicado en La Gaceta No. 280 del 13 de Diciembre de 1983
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1.- Declárese de Utilidad Pública por ser de
interés social, el inmueble propiedad de la señora Irene Pérez de
Marenco, situado en jurisdicción de Esquipulas de este
departamento, e identificado en el plano de la Urbanización con el
No. 61 y dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte:
Cuarenta metros y Noventa y Tres centésimas de metros, lote número
cincuenta y uno y cincuenta y dos, Pase el Ciprés, de por medio;
Sur: Cuarenta y Cuatro metros y Trescientos Ochenta y Una milésima
de metros, Constructora Habitacional; Este: Cuarenta y Cinco metros
y Sesenta y Ocho centésimas de metros, lote número sesenta, avenida
del Campo de por medio y Oeste: Cuarenta y Cinco metros y Noventa y
Una centésima de metros, lote número sesenta y dos; e inscrita bajo
el No. 75,487, tomo 1,295, folio 10 y 11, asiento 1 de la columna
de inscripciones, Sección de Derechos Reales del Registro Público
de este departamento.
Artículo 2.- Nómbrase Unidad Ejecutora para el caso de
expropiación y todo lo relativo a la adquisición de los derechos
reales y demás efectos, al Ministerio de Justicia, ante quienes
deberán comparecer dentro de un término de quince días, las
personas cuyos derechos se consideren afectados por esta
declaración.
Artículo 3.- En caso de expropiación, la indemnización se
hará efectiva por medio de bonos estatales, títulos valores,
permuta con cualquier propiedad del Estado, o cualquier otra forma
que determine la Unidad Ejecutora.
Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los seis días del mes de Diciembre
de mil novecientos ochenta y tres. "Año de Lucha por la Paz y la
Soberanía".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL.- DANIEL ORTEGA
SAAVEDRA.- SERGIO RAMÍREZ MERCADO.- RAFAEL CÓRDOVA RIVAS.
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