Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos - Ley
-
CESE DE LA ACTIVIDAD JUDICIAL Y
SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS
Decreto No. 725 de 2 de mayo de 1981
Publicado en La Gaceta No. 102 de 13 de mayo de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
Considerando:
I
Que la Corte Suprema de Justicia de la República ha resuelto
verificar el Seminario Jurídico "Silvio Mayorga "La Justicia en la
Revolución", a nivel nacional, durante los días comprendidos del 19
al 23 de mayo en curso, siendo el 19 el de la inauguración, la que
tendrá verificativo en horas de la noche;
II
Siendo que el Seminario tiene como objetivos:
a) Mover la opinión y la reflexión de los juristas en general y de
los jueces en particular, acerca de cómo administrar la justicia en
la Revolución; y acerca de cuáles son las metas a alcanzar para que
la administración de la Justicia sea un factor dinámico en la
transformación revolucionaria del hombre y la sociedad;
b) Obtener y elaborar información básica sobre la situación y
problemas de los jueces nicaragüenses, para llegar a un diagnóstico
preliminar que permita orientar la sucesiva investigación, así como
la estrategia del desarrollo futuro del Poder Judicial en
Nicaragua.
POR TANTO:
En uso de sus facultades,
Decreta:
La siguiente:
LEY CON RELACIÓN A LA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS Y ACTIVIDAD EN TODO
EL PAÍS " SEMINARIO JURÍDICO" , "SILVIO MAYORGA".
Artículo 1.-Suspender los términos y toda actividad judicial
en todo el Territorio Nacional durante los días comprendidos del 20
al 23 de mayo del año en curso, inclusive, vacando todos los
tribunales de justicia.
Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia desde el
momento de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los dos días del mes de mayo de mil
novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la
Producción".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdova Rivas.
-