Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Decretos - Ley
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BANCO DE LA VIVIENDA DE
NICARAGUA (BAVINIC) BAJO LA ADMINISTRACIÓN DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL
DE MANAGUA
Decreto - Ley No. 14-90 de 25 de mayo de 1990
Publicado en La Gaceta No. 103 de 30 de mayo de 1990
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
Decreta:
Artículo 1.- Se reforma el Artículo 2 del Decreto No. 44 del
15 de Agosto de mil novecientos setenta y nueve "Planificación
Urbana y Banco de la Vivienda de Nicaragua (BAVINIC), bajo la
administración del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos"
publicado en "La Gaceta" No. 8 del 11 de Septiembre de 1979, el
cual se leerá así:
"Arto 2.- La representación legal plena del Banco de la Vivienda de
Nicaragua y todas las funciones y atribuciones que conforme la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Ahorro y Préstamo corresponden al
Directorio y al Presidente del Banco de la Vivienda de Nicaragua
serán ejercidas por el Alcalde de Managua, prescindiéndose de todo
requisito o formalidad que haga referencia al Directorio".
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde,
el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación
social, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta",
Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinticinco días del mes de
Mayo de mil novecientos noventa.- Violeta Barrios de
Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.
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