Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos - Ley
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APRUÉBANSE LOS ACTOS DEL PODER
EJECUTIVO EN EL RAMO DE RELACIONES EXTERIORES
No.165, Aprobado el 20 de Junio de 1941
Publicado en La Gaceta No. 208 del 26 de Septiembre de 1941
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
DECRETO No. 165
LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETAN:
Artículo 1.- Aprobar los actos del Poder Ejecutivo en el
ramo de Relaciones Exteriores, llevados a cabo en el año de mil
novecientos treinta y siete, por el Secretario de Estado en dicho
Ramo, Dr. Manuel Cordero Reyes.
Artículo 2.- Esta ley regirá desde su publicación en La
Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua,
D. N., 20 de Junio de 1941. A. Abaunza E., D. P., C.
Irigoyen, D. S., J. Cristóbal Rodríguez Z., D. S. (Sello
Cámara de Diputados, Secretaría).
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua D. N., 2 de Agosto
de 1941.- Onofre Sandoval, S. P. Leonardo Cajina, S.
S.- J. Solórzano Díaz, S. S. (Sello Cámara del Senado,
Secretaría).
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial, Managua, D. N., Agosto 5
de 1941. A. SOMOZA, Presidente de la República. MARIANO
ARGUELLO, Secretario de Relaciones Exteriores. (Sello
Ministerio de Relaciones Exteriores).
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