Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos - Ley
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APROBAR Y RATIFICAR EL ACTA
CONSTITUTIVA DE LA COMISIÓN LATINOAMÉRICANA DE TRANSPORTE MARÍTIMO.
(COLTRAM).
DECRETO No. 188, Aprobado el 5 de Mayo de 1986.
Publicado en La Gaceta No. 89 del 6 de Mayo de 1986
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
l
Que Nicaragua como Miembro del sistema Económico Latinoamericano
aprobó el Acta Constitutiva de la Comisión Latinoamericana de
Transporte Marítimo (COLTRAM) suscrita en Caracas , Venezuela, por
el Vice-Ministro de Transporte, en base al cumplimiento del
artículo 4 de la decisión 228 adoptada por la Xl Reunión del
Consejo Ministerial del SELA.
ll
Que la Cooperación intralatinoamericana en el transporte marítimo
es esencial para encarar la crisis que afecta la región para lograr
su desarrollo integral, autosostenido e independiente.
POR TANTO:
En uso de sus facultades
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobar y ratificar el Acta Constitutiva de la
Comisión Latinoamericana de Transporte Marítimo (COLTRAM) suscrita
en Caracas, Venezuela, el 21 de Febrero de 1986, en cumplimiento
del artículo 4 de la Decisión 228 adoptada por la Xl Reunión del
Consejo Ministerial del Sistema Económico Latinoamericano
SELA.
Artículo 2.- Expedir el correspondiente instrumento de
Ratificación para proceder a su Depósito en la Presidencia de la
Comisión y secretaría Permanente del SELA, de conformidad con el
artículo 31 del Acta Constitutiva.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los cinco días del mes de Mayo de
mil novecientos ochenta y seis. "A 25 Años, Todas las Armas Contra
la agresión". - DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente.
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