Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos - Ley
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ADSCRIPCIONES
Decreto- Ley No. 22-90 de 8 de junio de 1990
Publicado en La Gaceta No. 118 de 20 de junio de 1990
El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de las
facultades que le confiere el Artículo 150 inciso 6) y la Ley 103
de la Asamblea Nacional del 31 de Mayo de 1990.
Decreta:
Artículo 1.- Adscríbase el Instituto Nicaragüense de
Administración Pública (INAP), al Ministerio de Finanzas.
Artículo 2.- Adscríbase el Instituto Nicaragüense de Cine
(INCINE), a la Dirección de Información y Prensa de la Presidencia
(DIPP).
Artículo 3.- Adscríbase el Instituto de Historia de
Nicaragua a la Universidad Centroamericana (UCA).
Artículo 4.- El presente Decreto deroga cualquier otra
disposición que se le oponga y entrará en vigencia desde su
publicación por cualquier medio de comunicación social, sin
perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los ocho días del mes de Junio de
mil novecientos noventa.- Violeta Barrios de Chamorro,
Presidente de la República de Nicaragua.
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