Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Decretos - Ley
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ADICION AL DECRETO No. 14
(TRANSFORMACIÓN DEL DISTRITO NACIONAL DE JUNTA DE RECONSTRUCCIÓN DE
MANAGUA)
Decreto No.770 de 27 de julio de 1981
Publicado en La Gaceta No. 170 de 31 de julio de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA.
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades y con fundamento del artículo 18 del
Decreto No. 388 del 2 de mayo de 1980,
Hace saber al pueblo nicaragüense:
UNICO:
Que aprueba la iniciativa presentada por el Consejo de Estado, que
íntegra y literalmente dice:
"EL CONSEJO DE ESTADO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA REUNIDO EN
SESION ORDINARIA No. 7 DEL PRIMERO DE JULIO DE MIL, NOVECIENTOS
OCHENTA Y UNO "AÑO DE LA DEFENSA Y LA PRODUCCION"
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Adiciónase un nuevo artículo al Decreto No. 14
del 23 de julio de 1979, publicado en "La Gaceta" No. 2 del 23 de
agosto de 1979, que será el artículo No. 3 y se leerá así:
"La Junta de RECONSTRUCCION de Managua, queda facultada para
revisar los contratos de arrendamientos y subarrendamientos de
terrenos ejidales y solares urbanos otorgados por funcionarios del
régimen anterior, así como también las donaciones en que los
donatarios no hayan cumplido con las obligaciones de la Ley de
donaciones y las escrituras constitutivas".
Artículo 2.- Se faculta a la Junta de RECONSTRUCCION de
Managua, para reglamentar el presente Decreto.
Artículo 3.- El artículo 3 del Decreto No. 14 pasa a ser el
artículo 4. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su
publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en la ciudad de
Managua, el primero de julio de mil novecientos ochenta y uno. "Año
de la Defensa y la Producción". (f) Carlos Núñez Téllez,
Presidente; (f) Rafael Solís Cerda, Secretario. (Sellos)".
Es conforme. POR TANTO: Téngase como Ley de la República. Ejecútese
y Publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintisiete días del mes de
julio de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la
Producción".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdoba Rivas.
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