Solidarizarnos Con El Pueblo Y El Gobierno De La República Bolivariana De Venezuela, Que Es Autor De Amistad Y Unidad Latinoamericana Y Caribeña, Siguiendo El Legado Del Libertador Simón Bolívar Y Del Comandante Presidente Hugo Rafael Chávez Frías
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Declaraciones
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(SOLIDARIZARNOS CON EL PUEBLO Y
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, QUE ES
AUTOR DE AMISTAD Y UNIDAD
LATINOAMERICANA Y CARIBEÑA, SIGUIENDO EL LEGADO DEL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR Y DEL COMANDANTE PRESIDENTE HUGO RAFAEL CHÁVEZ
FRÍAS)
DECLARACIÓN A. N. N°. 01-2016, Aprobada el 15 de Marzo de
2016
Publicada en La Gaceta No. 54 del
17 de Marzo de 2016
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere el artículo 138 de la
Constitución Política de la República de Nicaragua y el artículo 93
de la Ley N°. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la
República de Nicaragua.
DECLARA
PRIMERO: Solidarizarnos con el Pueblo y el Gobierno de La
República Bolivariana de Venezuela, que es autor de amistad y
unidad Latinoamericana y Caribeña, siguiendo el legado del
Libertador Simón Bolívar y del Comandante Presidente Hugo Rafael
Chávez Frías.
SEGUNDO: En estos tiempos de grandes desafíos y encrucijadas
caminamos con pasos firmes en los caminos de Libertad, Dignidad y
Bien Común en nuestras naciones Latinoamericanas y Caribeñas.
TERCERO: Las Diputadas y los Diputados de la Asamblea
Nacional de Nicaragua, en representación de hombres y mujeres de
este pueblo de Darío y Sandino, condenamos el Decreto Ejecutivo del
Gobierno de los Estados Unidos de América, que no está en
concordancia con los signos de los tiempos, y es una agresión al
Gobierno Legítimo del Presidente Nicolás Maduro, heredero del
Comandante Chávez.
CUARTO: Instamos al Pueblo norteamericano y a su Gobierno
que de inmediato anule dicho Decreto que atenta contra la Unidad
Latinoamericana y Caribeña, y demuestra una actitud hostil contra
nuestros pueblos.
QUINTO: Publíquese la presente declaración en La Gaceta,
Diario Oficial y entréguese copia de la misma por medio del
Ministerio de Relaciones Exteriores a la Embajada de los Estados
Unidos de América y a la Embajada de la República Bolivariana de
Venezuela.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua a los quince días del mes de
marzo del año dos mil dieciséis. Ing. René Núñez Téllez,
Presidente Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez,
Secretaria de la Asamblea Nacional.
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