Rechazo A Cualquier Intento Que Ponga En Riesgo La Inviolabilidad De Las Misiones Diplomáticas Y Manifestar La Solidaridad Y Respaldo Al Gobierno Ecuatoriano
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Declaraciones
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RECHAZO A CUALQUIER INTENTO QUE
PONGA EN RIESGO LA INVIOLABILIDAD DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y
MANIFESTAR LA SOLIDARIDAD Y RESPALDO AL GOBIERNO
ECUATORIANO
DECLARACIÓN A. N. No. 07-2012, Aprobada el 4 de Septiembre
de 2012
Publicado en La Gaceta No. 169 del 5 de Septiembre de 2012
De rechazo a cualquier intento que ponga en riesgo la
inviolabilidad de las misiones diplomáticas y manifestar la
solidaridad y respaldo al gobierno ecuatoriano
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la Constitución Política de la República de Nicaragua en su
artículo 5, párrafo quinto establece que: Nicaragua fundamenta sus
relaciones internacionales en la amistad y solidaridad entre los
pueblos y la reciprocidad entre los Estados. Por tanto, se inhibe y
proscribe todo tipo de acción política, militar, económica,
cultural y religiosa, y la intervención en los asuntos internos de
otros estados, .y en su artículo 3 señala que: La Lucha por la
paz y por el establecimiento de un orden internacional justo, son
compromisos irrenunciables de la nación nicaragüense.
II
Que el quince de agosto de dos mil doce, el gobierno del Reino
Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte amenazó con asaltar la
Embajada de la República de Ecuador acreditada en la ciudad de
Londres para capturar al señor Julian Assange y que tras esta
situación el gobierno de Ecuador se pronunció a favor del asilado,
argumentando su soberanía como país respecto a la petición y a la
obligación moral de garantizar los derechos humanos del
afectado.
III
Que las amenazas del gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e
Irlanda del Norte, de irrumpir en la Embajada de la República de
Ecuador en Londres, constituyen un atentado a la soberanía nacional
y una violación de los principios del derecho internacional
consagrados en la Carta de la Naciones Unidas, la Convención de
Viena sobre relaciones Diplomáticas que entró en vigor el 24 de
abril de 1964 y a la Convención de Viena sobre Relaciones
Consulares vigente desde el 19 de marzo de 1967.
POR TANTO
DECLARA
Primero: Rechazar cualquier intento que ponga en riesgo la
inviolabilidad de las misiones diplomáticas y manifestar la
solidaridad y respaldo para el gobierno ecuatoriano.
Segundo: Recalcar que lo establecido en la Convención de
Viena sobre Relaciones Diplomáticas está por encima de las leyes
nacionales de los Estados partes y en particular respecto de la Ley
Sobre Instalaciones Diplomáticas y Consulares de 1987 del Reino
Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Tercero: Instar a la comunidad internacional a rechazar toda
amenaza o uso de la fuerza como mecanismo para la resolución de
conflictos entre estados soberanos y buscar soluciones pacíficas
ante cualquier controversia internacional.
Cuarto: Propiciar el diálogo entre las naciones y considerar
el derecho a la emisión de un salvoconducto para el Señor Julian
Assange.
Quinto: Envíese tres ejemplares de la presente Declaración
al Ministerio de Relaciones Exteriores para que por su medio se
haga entrega a la Embajada de la República del Ecuador y al Cuerpo
Diplomático Concurrente del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda
del Norte radicado en Nicaragua.
Sexto: Publíquese esta Declaración en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua a los cuatro días del mes de
septiembre del año dos mil doce. Ing. René Núñez Téllez,
Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios
Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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