Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Acuerdos Administrativos
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(DELEGA FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
EN LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE MERCADOS DE MANAGUA)
(COMMEMA)
ACUERDO ADMINISTRATIVO No. 3, Aprobado el 30 de Noviembre de
1981
Publicado en el Diario Barricada Edición No. 841 del 6 de Diciembre
de 1981
EL MINISTERIO DE COMERCIO INTERIOR
En uso de las facultades que confiere el Decreto No. 323, Ley de
Defensa de Consumidores publicado en La Gaceta", Diario Oficial
No. 50, del 28 de Febrero de 1980, y el Decreto No. 824, Ley
Orgánica del Ministerio de Comercio Interior, publicado en La
Gaceta , Diario Oficial No. 218 del 28 de Septiembre de 1981.
ACUERDA:
Artículo 1.- Delegase en la Corporación Municipal de
Mercados de Managua (COMMEMA), las funciones y atribuciones que por
ley corresponden a este Ministerio, para ser aplicadas por dicha
Corporación al Interior de todos los mercados bajo administración
de la misma.
Artículo 2.- Para el mejor desempeño de esta delegación de
funciones y atribuciones, la Corporación Municipal de Mercados de
Managua (COMMEMA), podrá dictar los Reglamentos, ordenanzas,
regulaciones, normas y medidas que estime conveniente para el
cumplimiento de sus objetivos.
Artículo 3.- Toda persona natural o jurídica que ejerza el
comercio en lo que actualmente comprende y se conoce como Mercado
Oriental deberá obtener de la Corporación Municipal de Marcados de
Managua (COMMEMA), un permiso emanado por dicha Corporación. Este
requisito será indispensable para la obtención de la Licencia de
Comercio otorgada por el Ministerio de Comercio Interior.
Artículo 4.- El presente acuerdo entrará en vigencia a
partir de su publicación en cualquier medio de comunicación
colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta,
Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los treinta días del mes de
Noviembre de mil novecientos ochenta y uno.
Ministerio de Comercio Interior (MICOIN).
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