Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Acuerdos Administrativos
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CREACIÓN DE LA ORQUESTA
SINFÓNICA JUVENIL DE NICARAGUA Y DEL PROGRAMA NACIONAL DE ORQUESTAS
Y BANDAS JUVENILES E INFANTILES DE NICARAGUA.
ACUERDO ADMINISTRATIVO No. 06-2003. Aprobado el 23 de
Junio del 2003.
Publicado en La Gaceta No. 131 del 14 de Julio del 2003.
El Suscrito Director General del Instituto Nicaragüense de Cultura,
NAPOLEÓN CHOW HURTADO, en uso de las facultades conferidas
por los Arto. 4, Párrafo 2o , Arto. 14,
Inc. IV-a); Arto. 23, Inc. i); de la Ley No. 290: "Ley de
Organización, Competencia y Procedimientos del Poder
Ejecutivo", publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 102 del
día tres de Junio de mil novecientos noventa y ocho.-
CONSIDERANDO:
I
Que es interés del Instituto Nicaragüense de Cultura, garantizar el
cumplimiento de las disposiciones legales emitidas en materia de su
competencia; en especial aquellas referidas a la protección y
preservación del patrimonio cultural vivo de la Nación, como es la
Música Nacional.
II
Que el Estado de Nicaragua a través del Instituto Nicaragüense de
Cultura ha sido precursor en el proceso de creación y formación del
programa de Orquestas Sinfónicas Juveniles de Nicaragua, que fue
creado desde hace más de una década.
III
Que el Instituto Nicaragüense de Cultura es una Institución
estatal, cuya fínalidad inmediata es la promoción y proyección
cultural dirigida hacia los diversos sectores sociales de nuestro
país, en especial a aquellos sectores educativos referidos a la
niñez y juventud nicaragüense.
POR TANTO:
Dicta el siguiente:
ACUERDO DE CREACIÓN DE LA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL DE
NICARAGUA Y DEL PROGRAMA NACIONAL DE ORQUESTAS Y BANDAS JUVENILES E
INFANTILES DE NICARAGUA.
Artículo 1.- Creáse la Orquesta Sinfónica Juvenil de
Nicaragua, como una instancia adscrita al Instituto Nicaragüense de
Cultura, que fungirá de Institución matriz y coordinadora del
Programa Nacional de Orquestas y Bandas Juveniles e Infantiles.
Teniendo como su sede la Ciudad de Managua, pero velando por que
este programa se extienda a todo el país como un programa social y
educativo integral.
Artículo 2.- La Orquesta Juvenil de Nicaragua tendrá los
siguientes objetivos:
1.- Servir como lnstitución rectora única del Programa Nacional
de Orquestas y Bandas Juveniles e Infantiles, así como desarrollar
un Programa Social de Rescate a la población juvenil e infantil en
riesgo; trabajo que podrá realizar en coordinación con otras
instituciones sociales, estatales, privadas u ONGs.
2.- Impulsar el desarrollo global y sistemático del arte musical
en Nicaragua, mediante la manifestación de la enseñanza musical, a
través de la organización de orquestas, bandas juveniles e
infantiles que tendrán como metodología el concepto de "Aprender
a Tocar Tocando".
3.- Extraer valores musicales que puedan profesionalizarse en el
arte musical, los cuales sean el relevo de la Orquesta Sinfónica
Nacional y Bandas Nacionales.
Artículo 3.- Se faculta a la Orquesta Sinfónica Juvenil a
emitir su propio Manual de Organización, Integración, Funciones y
Atribuciones, el que deberá ser presentado para su aprobación por
el Director General del INC.
Artículo 4.- La Dirección de la Orquesta Sinfónica
Juvenil y subsecuentemente el Programa Nacional de Orquestas y
Bandas Juveniles e infantiles, estará a cargo de una Dirección
Colegiada integrada por los Directores de los cuerpos orquestales
participantes y un coordinador designado por el Director General
del INC, quien deberá presentar los planes anuales de trabajo para
su aprobación, así como los informes del avance en los programas
ejecutados.
Artículo 5.- La Dirección Colegiada de la Orquesta
Sinfónica Juvenil contando con el apoyo del Instituto Nicaragüense
de Cultura gestionará ante la empresa privada y organismos
internacionales, los recursos económicos necesarios para el
desarrollo de sus planes y programas.
Artículo 6.- El presente Acuerdo Administrativo entrará
en vigencia a partir de la firma del Director General del INC. Dado
en la Ciudad de Managua, a los veintitrés días del mes de Junio del
año dos mil tres.- NAPOLEÓN CHOW HURTADO.- Director
General.- Instituto Nicaragüense de Cultura.
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