Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Acuerdos Administrativos
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(CREACIÓN DE DISTINCIÓN
DIOCLESIANO CHÁVEZ)
ACUERDO ADMINISTRATIVO No. 27-99, Aprobado el 29 de Mayo de
1999
Publicado en La Gaceta No. 141 del 26 de Julio de 1999
El suscrito Director General del Instituto Nicaragüense de Cultura
Licenciado Clemente Guido Martínez, en uso de las facultades que le
confiere la Ley No. 290,Ley de Organización, Competencia y
Procedimientos del Poder Ejecutivo. Publicada en la Gaceta Diario
Oficial el día tres de Junio de mil novecientos noventa y ocho.
CONSIDERANDO
Que es deber del Instituto Nicaragüense de Cultura como Ente
Regulador de las Políticas Culturales del Gobierno de la República,
reconocer y estimular el trabajo y los aportes, que realizan
Personas Naturales, Jurídicas y Diplomáticos, tanto nacionales como
extranjeros en pro de la promoción del Museo Nacional de Nicaragua
DIOCLESIANO CHAVEZ, o del desarrollo de la Museología
Nicaragüense y protección del Patrimonio Cultural.
Que al Instituto Nicaragüense de Cultura le corresponde promover y
difundir dentro de la sociedad nicaragüense la dedicación y aportes
significativos que realizan todas aquellas personas protectoras del
arte y la cultura nacional.
POR TANTO
RESUELVE
PRIMERO: Créase la Distinción DIOCLESIANO CHAVEZ, que
entregará al Director del Instituto Nicaragüense de Cultura en
Ceremonia públicas a aquellas Personas Naturales o Jurídicas,
Públicas o Privadas, Nacionales o Extranjeras que hayan realizados
aportes significativos para la Protección del Patrimonio Nacional
Cultural nacional y el desarrollo del Museo Nacional DIOCLESIANO
CHAVEZ, así como de la Museología y Museografía
Nicaragüense.
SEGUNDO: Dicha distinción consistirá en una medalla de
bronce bañada en plata y tendrá en una cara la efigie del fundador
del Museo Nacional Dioclesiano Chávez y el año en que se entrega,
en la otra cara llevará el nombre de la persona que lo
recibe.
TERCERO: Para efectos del presente acuerdo se entenderá por
aportes significativos aquellas donaciones monetarias ó materiales
que se hayan utilizado para la protección o restauración de los
bienes muebles o inmuebles del Patrimonio Cultural del Museo
Nacional de Nicaragua ó hayan realizado estos aportes en materia
científica, museografía y arqueológica.
CUARTO: El presente Acuerdo Administrativo surte sus efectos
a partir de la fecha de su firma por el Director General del
Instituto Nicaragüense de Cultura.
Publíquese para su conocimiento y demás afectos legales, en
cualquiera de los diarios de circulación nacional sin perjuicio de
su posterior publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Palacio Nacional de la Cultura, a los
veintinueve días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y
nueve. Licenciado Clemente Guido Martínez, Director General.
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