Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Electoral
Rango: Acuerdos Administrativos
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CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE
BOLETAS ELECTORALES
ACUERDO, Aprobado el 29 de Octubre del 2001
Publicado en la Gaceta No. 205 del 29 de Octubre del 2001
CERTIFICACIÓN
El suscrito Secretario de Actuaciones del Consejo Supremo
Electoral, Certifica el acuerdo número uno que el Consejo Supremo
Electoral tomó en su sesión número noventa y uno, del día veintiuno
de agosto del año dos mil uno, que integra y literalmente dice:
Consejo Supremo Electoral. Managua, veintiuno de agosto del año
dos mil uno. La una de la tarde.
ACUERDO NÚMERO UNO:
CONSIDERANDO:
Que es facultad privativa del Consejo Supremo Electoral, la
aprobación del diseño de la boleta electoral que será utilizada
como documento oficial de votación en las próximas elecciones
generales;
POR TANTO
EL CONSEJO SUPREMO ELECTORAL
ACUERDA:
Primero: Dar por aprobadas las siguientes características
técnicas de las boletas electorales a utilizarse en las elecciones
convocadas para el 4 de noviembre próximo.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE BOLETAS ELECTORALES :
Las boletas serán impresas en papel Bond de 90 grs.-m2 con 95% de
blancura, conforme el siguiente detalle:
Boletas Presidente y
Vicepresidente:
Tamaño: Las Boletas para elecciones presidente y
Vicepresidente tendrá un tamaño de 6 x 8.
IMPRESIÓN ANVERSO:
Llevará impreso en
La Primera Línea: Consejo Supremo Electoral
Segunda Línea : República de Nicaragua
Tercera Línea : Boleta Electoral Elecciones para Presidente y
Vice-Presidente
Cuarta Línea : Elecciones Nacionales 2001
IMPRESIÓN DE FONDO:
Llevará impresión en tinta amarilla que no puede fotocopiarse la
leyenda Elecciones Nacionales 2001.
Escudo de Nicaragua impreso como marca de agua, éste llevara en
impresión invertida sobre barra inferior del triángulo la leyenda:
República de Nicaragua.
MICROIMPRESIÓN:
Llevará microimpresión a 1 punto, la leyenda: Elecciones
Nacionales 2001, Consejo Supremo Electoral República de Nicaragua,
Elecciones Presidente y Vice-Presidente.
Irán impresas 3 casillas 1 por cada partido o alianza
participante, las que contendrán lo siguiente:
Primero: Número de Casilla.
Segundo: En impresión invertida las siglas del partido o alianza
participante
Tercero : Bandera o emblema del partido o alianza
participante
Cuarta : Nombre completo del partido o alianza participante
Quinta : Área de voto
Sexto : Fotografía del candidato a presidente del partido o
alianza participante
Séptimo : Presidente
Octavo : Nombre del candidato del partido o alianza
participante
Noveno :Franja azul y blanca
Décima : Vicepresidente
Onceava : Nombre del candidato del partido o alianza
participante.
IMPRESIÓN REVERSO BOLETA ELECCIONES
PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE:
Llevará impresión conforme el siguiente orden:
Primera Línea : Departamento
Segundo Línea : Municipio
Tercera Línea : Centro de Votación
Cuarta Línea : Número de JRV
Código de barra único para cada JRV, conteniendo como dato
variable el número de la JRV, más carácter suministrado por el
CSE.
Barra de Seguridad color azul
Tinta Invisible: Logotipo del CSE.
Boletas Diputados Nacionales,
Diputados Parlacen y Diputados Departamentales y Regionales:
Tamaño: Las Boletas para elecciones para Diputados
Nacionales y Diputados Parlacen tendrán un tamaño de 6 x 8. Las
Boletas Diputados Departamentales y Regionales tendrán 4 tamaños
estos a continuación detallados: para Managua serán tamaño 6 x 8,
para RAAN 9,917 x 5,623, para la RAAS 7,907 x 5,623 para resto
de Departamentos: 6 x 5,623".
IMPRESIÓN ANVERSO:
Llevará impreso en la Primera Línea: Consejo Supremo
Electoral
Segunda Línea : República de Nicaragua
Tercera Línea : Descripción de la Elección
Cuarta Línea : Elecciones Nacionales 2001
Quinta Línea : Departamento (únicamente para elección de
Diputados Departamentales y Regionales)
IMPRESIÓN DE FONDO:
Llevará impresión en tinta amarilla que no puede fotocopiarse la
leyenda Elecciones Nacionales 2001 Escudo de Nicaragua impreso
como marca de agua, éste llevará en impresión invertida sobre barra
inferior del triángulo la leyenda: República de Nicaragua.
MICROIMPRESIÓN:
Llevará microimpresión a 1 punto, la leyenda: Elecciones
Nacionales 2001, Consejo Supremo Electoral República de Nicaragua,
Descripción de la Elección y departamento (ésta última, únicamente
para elecciones departamentales y regionales).
Estas serán impresas: Una casillas por cada partido o alianza
participante, las que contendrán lo siguiente:
Primero : Número de Casilla.
Segundo : En impresión invertida las siglas del partido o
alianza participante
Tercero : Bandera o emblema del partido o alianza
participante
Cuarta : Nombre completo del partido o alianza participante
Quinta : Área de voto
Sexto : Propietarios
Séptimo : Nombre candidatos propietarios
Octavo : Suplente
Noveno : Nombre de candidatos suplentes
IMPRESIÓN REVERSO:
Llevará impresión conforme el siguiente orden:
Primera Línea : Departamento
Segunda Línea : Municipio
Tercera Línea : Centro de Votación
Cuarta Línea : Número de JRV
Código de barra único para cada JRV, conteniendo como dato
variable el número de la JRV, más carácter suministrado por el
CSE.
Barras de Seguridad:
Azul : Para Elección de Presidente y Vicepresidente de la
República
Morado : Para Elección Diputados Nacionales ante Asamblea
nacional
Café : Para Elección Diputados ante el parlamento
Centroamericano.
Gris oscuro : Para Elección Diputados
Departamentales y Regionales.
Tinta Invisible : Logotipo del CSE.
Segundo: El presente acuerdo entrará en vigencia a partir
de su fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en el Diario
Oficial, La Gaceta. Notifíquese
Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado,
la presente Certificación consta de cuatro folios útiles de papel
membretado de este Consejo que rubrico,
Firmo y sello en la ciudad de Managua a los veintiún días del
mes de agosto del año dos mil uno. ROBERTO EVERTSZ MORALES,
Secretario de Actuaciones.
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