Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Acuerdos Administrativos
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(AUTORIZACIÓN DE NUEVAS TARIFAS
AL SERVICIO TELEFÓNICO BÁSICO)
ACUERDO ADMINISTRATIVO No. 04-97, Aprobado el 13 de Febrero
de 1997
Publicado en La Gaceta No. 37 del 21 de Febrero de 1997
El Director del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y
Correos (TELCOR), en uso de sus facultades y atribuciones
que le confiere respectivamente los artos, 5 de La Ley Orgánica;
los artos. 4 ordinal 13;7, Ordinal 18 del Reglamento General de la
Ley Orgánica; los Artos. 71 y 74 de la ley No. 200, Ley General de
Telecomunicaciones y Servicios Postales y el arto. 81 del
Reglamento General a la Ley No. 200.
CONSIDERANDO
I
Que los Servicios Públicos de Telecomunicaciones están sujetos a un
control tarifario autorizado por Telcor.
II
Que con fecha 12 de Febrero de 1997, se recibió en Telcor de parte
de la Empresa Nicaragüense de Telecomunicaciones (ENITEL),
una solicitud de reducción de tarifas para ser aplicadas a los
clientes del servicio telefónico.
POR TANTO
RESUELVE:
Artículo 1.- Se autoriza a la Empresa Nicaragüense de
Telecomunicaciones (ENITEL), la aplicación de nuevas tarifas
en el servicio Telefónico básico, las cuales se anexan al presente
Acuerdo. Dichas tarifas entrarán en vigencia a partir de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial, debiendo publicarse
también en dos periódicos de amplia circulación nacional por la
Empresa Nicaragüense de Telecomunicaciones (ENITEL), por lo
menos tres veces dentro de los treinta días anteriores a su entrada
en vigencia, de conformidad al arto. 74 de la Ley General de
Telecomunicaciones y Servicios Postales.
Artículo 2.- Este Acuerdo Modifica al Acuerdo Administrativo
No. 03-97 anterior, emitido por TELCOR el nueve de
Septiembre de mil novecientos noventa y seis, en cuanto a las
nuevas tarifas descritas en el anexo del presente Acuerdo.
Artículo 3.- Este Acuerdo entrará en vigor a partir de su
fecha.
Dado en la ciudad de Managua, a los trece días del mes de Febrero
de mil novecientos noventa y siete.- Ing. MARIO MONTENEGRO
CASTILLO.- Director General. Es conforme con su original con el
cual fue debidamente cotejado, Managua, diecisiete de Febrero de
mil novecientos noventa y siete.- ILEANA LÒPEZ GARCÌA,
Abogado y Notario Público.
INSTITUTO NICARAGÜENSE DE
TELECOMUNICACIONES Y CORREOS
ANEXO AL ACUERDO ADMINISTRATIVO N0. 04-97
TARIFAS DEL SERVICIO TELEFONICO NACIONAL
CONCEPTO
NUEVA
TARIFA
Reconexión
C$ 50.00
Cambio de Razón Social
C$100.00
Cambio de Número
C$100.00
ING. MARIO MONTENEGRO
CASTILLO.- Director General. Es conforme con su original en el
cual fue debidamente cotejado, Managua, diecisiete de Febrero de
mil novecientos noventa y siete.- ILEANA LÓPEZ GARCÍA,
Abogado y Notario Público.
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