Valor En Córdobas De Monedas Extranjeras 3

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Banca y Finanzas Rango: Resoluciones - VALOR EN CÓRDOBAS DE MONEDAS EXTRANJERAS No. 181, Aprobada el 22 de Agosto de 1932 Publicada en La Gaceta No. 185 del 31 de Agosto de 1932 DECISIONES ARANCELARIAS Señores Administradores de Aduanas: 1. Conforme última declaración oficial de Nueva York y datos de otras fuentes fidedignas, desde el 1° de agosto de 1932 y hasta nueva orden en contrario, las Aduanas de la República se regirán en la liquidación de derechos aduaneros de las mercaderías embarcadas desde esa fecha, por los siguientes tipos de cambio de monedas extranjeras: PAÍSES UNIDAD MONETARIA TIPO AMÉRICA: Estados Unidos Dollar C$ 1.00 Chile Peso Oro .0606 Colombia Peso Oro .9550 Costa Rica Colón .222 Cuba Peso 1.00 Ecuador Sucre .20 Guatemala Quetzal 1.00 Honduras Lempira .50 México Peso Plata .28 Panamá Balboa 1.00 Perú Sol .22 Salvador (El) Colón .50 Venezuela Bolívar .193 EUROPA: Alemania Marco .2374 Austria Schilling .14 Bélgica Belga .13865 Checoeslovaquia Corona(Crown) .0296125 Dinamarca Corona(Krone) .1894 España Peseta .08045 Francia Franco .08915 Gran Bretaña Libra esterlina 3.51 Holanda Florín .40235 Hungría Pengo .1745 Italia Lira .05085 Noruega Corona(Krone) .1759 Suecia Corona(Krona) .1806 Suiza Franco .1946 ASIA: China(Hongkong) Silver Dollar .2319 China(Shanghai) Tael .2981 Japón Yen .2738 El Recaudador General de Aduanas y Miembro de la Alta Comisión, IRVING A. LINDBERG. -