Valor En Córdobas De Monedas Extranjeras 2

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Banca y Finanzas Rango: Resoluciones - VALOR EN CÓRDOBAS DE MONEDAS EXTRANJERAS No. 182, Aprobado el 17 de Septiembre de 1932 Publicado en La Gaceta No. 204 del 24 de Septiembre de 1932 DECISIONES ARANCELARIAS Señores Administradores de Aduanas: 1. Conforme última declaración oficial de Nueva York y datos de otras fuentes fidedignas, desde el 1° de septiembre de 1932 y hasta nueva orden en contrario, las Aduanas de la República se regirán en la liquidación de derechos aduaneros de las mercaderías embarcadas desde esa fecha, por los siguientes tipos de cambio de moneda extranjeras: PAÍSES UNIDAD MONETARIA TIPO AMÉRICA: Estados Unidos Dollar C$ 1.00 Chile Peso Oro .0606 Colombia Peso Oro .9550 Costa Rica Colón .222 Cuba Peso 1.00 Ecuador Sucre .20 Guatemala Quetzal 1.00 Honduras Lempira .50 México Peso Plata .2838 Panamá Balboa 1.00 Perú Sol .2050 Salvador(El) Colón .50 Venezuela Bolívar .193 EUROPA: Alemania Marco .2378 Austria Schilling .14 Bélgica Belga .1386 Checoeslovaquia Corona(Crown) .029675 Dinamarca Corona(Krone) .1794 España Peseta .0804 Francia Franco .0392 Gran Bretaña Libra Esterlina 3.46625 Holanda Florín .40225 Hungría Pengo .1745 Italia Lira .05115 Noruega Corona(Krone) .1741 Suecia Corona(Krona) .1779 Suiza Franco .19385 ASIA: China (Hongkong) Silver Dollar .2394 China(Shanghai) Tael .3131 Japón Yen .2556 El Recaudador General de Aduanas y Miembro de la Alta Comisión, IRVING A. LINDBERG. -