Tasas De Interés Que Los Bancos Cobrarán A Los Usuarios De Préstamo

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Banca y Finanzas Rango: Resoluciones - (TASAS DE INTERÉS QUE LOS BANCOS COBRARÁN A LOS USUARIOS DE PRÉSTAMO) RESOLUCIÓN CD-BCN-XXXII-3-90. Aprobado el 1 de Mayo de 1990 Publicado en El Diario Barricada Edición No. 3804 del 4 de Mayo de 1990 EL SUSCRITO SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA, CERTIFICA: Que dicho Consejo en su Sesión No 32 del día primero de mayo de mil novecientos noventa, adoptó la resolución que literalmente dice: CD-BCN-XXXII-3-90 EL CONSEJO DIRECTICVO DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA RESUELVE: 1º.- Las tasas de interés que los Bancos cobrarán a los usuarios de préstamos que se contraten y desembolsen en la nueva unidad de cuenta Córdoba Oro, hasta 18 meses de plazo, a partir del primero de Mayo, serán las siguientes: 1. COMERCIO 22% (Excluye: El crédito que se otorga a ENABAS para el Comercio Interior de granos básicos y el crédito para el Comercio Exterior de la cosecha de Algodón, Café, Azúcar 1989/90). 2. INDUSTRIA 18% 3. AGROPECUARIO 15% Incluye: Engorde de Novillo, Comercio Interior de Granos Básicos que realiza ENABAS y comercialización de agroquímicos y de repuestos para la agricultura, ganadería, industria, agroindustria y construcción y transporte. 4. PEQUEÑA EMPRESA 13% Incluye: Pequeño Comercio y Pequeña Artesanía. Y CREDITO RURAL 5. OTRAS ACTIVIDADES 15% 2º.- El Banco Central de Nicaragua financiará a los Bancos las actividades anteriores, otorgándoles un diferencial financiero del 6% anual. 3º.- Las tasas de interés que los Bancos pagarán en los Certificados de Depósitos a plazo que se Constituyen en la nueva unidad de cuenta Córdoba "Oro, serán las siguientes: Depósitos a tres (3) meses 10.5% anual Depósitos a cuatro (4) meses 11.5% anual Depósitos a cinco (5) meses 12.0% anual Depósitos a seis (6) meses 12.5% anual Depósitos a nueve (9) meses 13.0% anual Depósitos a un (1) año a más 14.0% anual NOTA: Aclaramos comunicado anterior que por omisión involuntaria no especificamos el plazo anual. 4º A opción del depositante estos intereses podrán pagarse o capitalizarse mensualmente. Es conforme con su original en fe de lo cual se extiende la presente Certificación en la ciudad de Managua, a los tres días del mes de mayo de mil novecientos noventa. ARTURO ELÍ TABLADA, Secretario. Consejo Directivo. -