Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Resoluciones
-
(SEÑÁLESE EL 400% COMO TIPO DE
CAMBIO DE LA UNIDAD MONETARIA DE LA REPÚBLICA)
No. 39, Aprobado el 11 de Agosto de 1939
Publicada en La Gaceta No. 172 del 12 de Agosto de 1939
La Comisión de Control haciendo uso de las facultades que le
confiere el Art. 1 del Decreto Legislativo de 30 de Junio de
1933
RESUELVE:
1.- Señalar el 400% como tipo de cambio de la unidad
monetaria de la República establecida por el Art. 1 de la Ley de 20
de Marzo de 1912 con respecto al córdoba en circulación para
liquidar los derechos aduaneros de importación y sus
correspondientes recargos, el muellaje y demás impuestos colectados
y servicios y trabajos prestados por las Aduanas de la
República.
2.- Esta resolución entrará en vigor desde la fecha de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Managua, once de Agosto de mil novecientos treinta y nueve. J.
J. Sánchez R.- G. Tunermann L.- Edward Lindberg.
-