Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Resoluciones
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(SE DESIGNA COMO DÍA DE LA MADRE
EL 30 DE MAYO DE TODOS LOS AÑOS )
Resolución Legislativa No. 69 Aprobado el 23 de Mayo de
1956
Publicado en La Gaceta No. 118 del 29 de Mayo de 1956
El Presidente de la República,
A sus habitantes
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Resolución No. 69
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de
Nicaragua,
Resuelven:
Artículo 1º.- Se designa como Día de la Madre el 30 de Mayo de
todos los años.
Artículo 2º.- El 25 de Diciembre (Navidad) continuará
considerándose como día de fiesta nacional conforme el Decreto
Legislativo No. 11, publicado en La Gaceta No. 225, de 23 de
Octubre de 1951.
Artículo 3º.- Esta Resolución deberá publicarse en La
Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua,
D.N., Mayo , 1956. Ulises Irías, D.P. A. Montengro, D.S. A.
Cantarero, D.S.
Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, D.N., 23 de Mayo
de 1956. Lorenzo Guerrero, S.P. Pablo Rener, S.S. Eduardo
Castillo C. S.S.
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D.N., 23 de
Mayo de 1956 . A.SOMOZA, Presidente de la República. M.Salmerón,
Ministro de la Gobernación. Año José Dolores Estrada.
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