Se Declaran Electos En Los Comicios Del 4 De Noviembre Del 2001, Presidente, Vice-Presidente De La Republica; Diputados Nacionales, Departamentales Y Regionales, Propietarios Y Suplentes, Ante La Asamblea Nacional; Diputados Propietarios Y Suplentes Ante El Parlamento Centroamericano
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Constitucional y Otras Normas
Fundamentales
Rango: Resoluciones
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(SE DECLARAN ELECTOS EN LOS
COMICIOS DEL 4 DE NOVIEMBRE DEL 2001, PRESIDENTE, VICE-PRESIDENTE
DE LA REPUBLICA; DIPUTADOS NACIONALES, DEPARTAMENTALES Y
REGIONALES, PROPIETARIOS Y SUPLENTES, ANTE LA ASAMBLEA NACIONAL;
DIPUTADOS PROPIETARIOS Y SUPLENTES ANTE EL PARLAMENTO
CENTROAMERICANO)
CERTIFICACIÓN
Publicado en la Gaceta No. 233 del
23 de Noviembre del 2001
El suscrito Secretario de Actuaciones del Consejo Supremo
Electoral, certifica la resolución que el Consejo Supremo Electoral
tomó el día veintiuno de noviembre del año dos mil uno, que íntegra
y literalmente dice:
"Consejo Supremo Electoral. Managua, veintiuno de noviembre del año
dos mil uno. Las once y treinta minutos de la mañana.
RESOLUCIÓN
El Consejo Supremo Electoral en uso de las facultades que le
confiere el artículo 173 de la Constitución Política y el artículo
171 de la Ley Electoral, el día veintiuno de noviembre del año dos
mil uno Resolvió: Primero:
Declarar electos en los comicios del 4 de noviembre del 2001:
Presidente y Vicepresidente de la República; Diputados Nacionales,
Departamentales y Regionales, Propietarios y Suplentes, ante la
Asamblea Nacional; Diputados Propietarios y suplentes ante el
Parlamento Centroamericano, para que ejerzan sus cargos de acuerdo
con lo establecido por la Constitución Política de la República y
la Ley Electoral, a los ciudadanos:
PRESIDENTE Y
VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA ELECTOS EN LOS COMICIOS GENERALES
DEL CUATRO DE NOVIEMBRE 2001.
Alianza Partido Liberal Constitucionalista-Camino Cristiano
Nicaragüense-Partido Resistencia Nicaragüense.
Presidente de la República ENRIQUE JOSE BOLAÑOS GEYER
Vicepresidente de la República JOSÉ RIZO CASTELLÓN
Ver Tabla de Listado de los Diputados Propietarios y Suplentes
en la Gaceta
Segundo: De conformidad al
artículo 136 y 137 de la Constitución se convoca a los diputados
electos propietarios y suplentes ante la Asamblea Nacional el día
nueve de enero del año dos mil dos a las nueve de la mañana.
Tercero: Notificar de conformidad
al artículo 194de la Ley Electoral, a los partidos y alianza de
partidos políticos la programación de las tomas de posesión de los
diputados propietarios y suplentes ante el Parlamento
Centroamericano. Cuarto: Extender
las credenciales de Presidente y Viceprediente de la República, el
día tres de diciembre próximo. Quinto: Cerrar la sesión a que hace
referencia la cláusula segunda de la resolución del día cuatro de
septiembre del año en curso. Sexto: La presente resolución entra en
vigencia a partir de la fecha, la que fue votada por mayoría de los
magistrados del Consejo Supremo Electoral, tal como lo establece el
primer párrafo del artículo 12 de la Ley Electoral.- Publíquese de
conformidad al artículo 172 de la Ley Electoral.- (f) Roberto Rivas
Reyes, Presidente; Silvio Américo Calderón Guerrero, Magistrado;
Mauricio Montealegre Zepeda, Magistrado; Jorge Incer Barquero,
Magistrado". Ante mí: Roberto Evertsz Morales, Secretario de
Actuaciones.
Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado, la
presente Certificación consta de trece folios útiles de papel
membretado de este Consejo que rubrico, firmo y sello en la ciudad
de Managua a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil
uno. Roberto Evertsz Morales, Secretario de Actuaciones.
*La presente resolución fue publicada en el Diario La Prensas,
edición No. 22560 del 22 de noviembre del año 2001, y se puso en
conocimiento de los partidos políticos y alianza de partidos
políticos del día 21 de mes y año en curso.
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