Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Resoluciones
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RESOLUCIÓN DE HACIENDA EN QUE SE
DISPONE QUE LOS EMPLEAOS INTERINOS NO ESTÁN OBLIGADO A SACAR SU
TÍTULO
Aprobado el 13 de junio de 1866
Publicado en La Gaceta No. 24 del 16 de Junio de 1866
El Gobierno:
Con presencia de varias consultas que se le han dirijido sobre la
verdadera inteligencia del decreto de 16 de febrero de 1865 que
.obliga á los empleados que gozan por lo menos de trecientos pesos
anuales de sueldo, á sacar el título correspondiente para el abono
de sus sueldos: considerando que algunas veces la interinidad es
tal que propiamente hablando, es mas una comisión que un empleo; y
que en este caso no puede exigirse a! empleado el cumplimiento de
una obligación gravosa, y ademas inequitativa :
Resuelve:
1º. No debe entenderse comprendido en la disposicion del
decreto referido el empleado interino que sea nombrado por un;
tiempo menos de cuarenta días, ni el que es llamado á un destino
por tiempo indeterminado durante una causa que probablemente
cesará, antes de cuarenta días, aunque por circunstancias
supervenientes dicha causa se prolongue y exceda á los cuarenta
días prejados.
2º. Comuníquese.Managua, junio 13 de 1866.- (R. de S. E.)
El Srio. de Hacienda. Alegría.
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