Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Resoluciones
-
(RESOLUCIÓN DE (COMIECO) SOBRE
APROBACIÓN DE ACUERDOS DE REGISTRO DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS
AFINES; Y REGISTRO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS)
RESOLUCIÓN No. 75-2001, Aprobado el 06 de Abril del
2001
Publicado en La Gaceta No. 128 del 06 de Julio del 2001
EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN
ECONÓMICA
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con el artículo 15 del Protocolo al Tratado
General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de
Guatemala), los Estados Parte se comprometen a constituir una Unión
Aduanera entre sus territorios, la que se alcanzará de manera
gradual y progresiva, sobre la base de programas que se establezcan
al efecto, aprobados por consenso;
2. Que de acuerdo con el artículo 6 del protocolo de Guatemala
el avance del proceso de integración hacia la Unión Económica se
realizará mediante la voluntad de los Estados Parte, expresada
conforme al artículo 52 del mismo instrumento, lo que significa que
todos o algunos de los Miembros podrán avanzar con la celeridad que
acuerden dentro de ese proceso.
3. Que de conforme al artículo 30 del Protocolo de Guatemala,
los Estados Parte han convenido en armonizar, entre otros, los
registros sanitarios;
4. Que mediante Resolución No. 27-96 (COMIECO-IV) de fecha 22 de
Mayo de 1996, el Consejo de Ministros Responsables de la
Integración Econó ;mica y desarrollo Regional, reiteró el interés
de los paí ses centroamericanos para avanzar hacia la Unión
Aduanera dentro de sus territorios y manifestó su acuerdo por la
decisión de los Gobiernos de El Salvador y Guatemala de iniciar un
proceso acelerado para alcanzar la Unión Aduanera entre sus
territorios.
5. Que por Resoluciones Nos. 56-2000 (COMIECO) y 57-2000
(COMIECO) ambas del 29 de Agosto del año 2000,el Consejo de
Ministros de Integración Económica manifestó su acuerdo por la
decisión de los Gobiernos de Nicaragua y de Honduras,
respectivamente, de incorporarse formalmente al proceso de unión
aduanera iniciado por El Salvador y Guatemala.
6. Que los Gobiernos de El Salvador, Guatemala, Honduras y
Nicaragua han comunicado a este órgano regional que, en el marco
del proceso de Unión Aduanera, han alcanzado importantes acuerdos
en materia de registros que requieren la aprobación del
Consejo.
POR TANTO
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 18 del Protocolo de
Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados
Centroamericanos (ODECA), 6, 15, 16, 17, 30, 36, 37, 38, 39, 52 Y
55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica
Centroamericana (Protocolo de Guatemala); y 1, 3, 6, 7 y 12 del
Convenio sobre Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
RESUELVE
1. Aprobar, en el marco del proceso de establecimiento de la Unión
Aduanera entre El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, los
siguientes acuerdos en materia de registros.
REGISTROS DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS
AFINES:
. Fijar como período de vigencia de los Registros
Sanitarios cinco años, a partir de la emisión del respectivo
registro.
. Establecer un Historial de Empresas a partir del 31 de
Diciembre de 2001, con base en las Buenas Prácticas de Manufactura,
por parte de las Autoridades Reguladoras de los cuatro países.
REGISTROS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS
. Implementar a partir del 1 de Enero de 2001, el
reconocimiento mutuo de los registros sanitarios de alimentos y
bebidas procesados y producidos en Guatemala, El Salvador, Honduras
y Nicaragua; en el período previo a la armonización de las normas
de etiquetados y especificaciones en la Unión Aduanera, se aceptará
el uso del etiquetado y de especificaciones vigentes en cada
país.
. Aplicar a partir del 1 de Enero de 2003, las Buenas
Prácticas de Manufactura en la Industria de Alimentos, de
conformidad a los criterios de gradualidad siguientes: a)
Industrias con más de 500 empleados: 24 meses ; b) Industrias de
100 a 500 empleados: 36 meses; y c) Industrias con menos de 100
empleados: 48 meses.
2. La presente Resolución entrará en vigor inmediatamente y
deberá ser publicada por los Estados Parte.
Buenos Aires, Argentina, 6 de Abril de 2001. TOMÁS
DUEÑAS, Ministro de Comercio Exterior de Costa Rica. MIGUEL
ERNESTO LACAYO, Ministro de Economía de El Salvador.
FEDERICO POLA, Ministro de Economía de Guatemala. OSCAR
KAFATI, Ministro de Industria y Comercio de Honduras. NORMAN
CALDERA, Ministro de Fomento, Industria y Comercio de
Nicaragua.
-