Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Resoluciones
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RESOLUCION DE 5 DE JULIO DE
1825, PARA QUE EL PAPEL SELLADO SE ESPENDA EN LAS TERCENAS DE
TABACO
Dado en León el 5 de Julio de 1825
Recopilación de las Leyes, Decretos y
Acuerdos Ejecutivos de la República de Nicaragua en Centro
América. De la Rocha, Jesús
Intendencia general.
Ciudadano Factor de tabacos
Al Ministro general de Hacienda pública, digo en esta fecha lo
que copio.
El Ministro general del Gobierno de este Estado, con fecha de
este dia me dice.
Los Diputados Srios. de la A. C. con fecha de ayer me comunican
la órden siguiente.
En vista de la nota de U. á que acompaña la del Intendente y
copia del mismo de la de los Ministros de Hacienda con las que
dimos cuenta á la A. todo relativo á consultar el modo de espender
el papel sellado, se acordó: que este artículo se encomienda á las
tercenas de tabaco de todos los pueblos del Estado interinamente, y
bajo las precauciones necesarias.
De órden de la misma A. lo decimos á U. para que lo ponga en
noticia del Gobierno y efectos consiguientes --- Y lo comunico á U.
para su inteligencia y efectos que corresponden. Y lo inserto a UU.
para que trasladen á la factoria el papel sellado que existe en su
poder y en los términos que antiguamente se manejaba este asunto
para que el ramo no sufra la pérdida que ha tenido. Y lo inserto á
U. para su inteligenncia y efectos consiguientes --- D. U. L. Leon,
julio 5 de 1825 --- Manuel Bolaños.
NOTA: Se respeta
el contenido original del texto, conservando la ortografía,
gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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