Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Resoluciones
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(REFORMA AL ARTÍCULO 2, NUMERAL
2.4 DE LA NORMA SOBRE DEPÓSITO E INVERSIONES EN EL PAIS Y EN EL
EXTERIOR)
CD-SIBOIF-295-2- MAY5-2004. Aprobado el 13 de Mayo del
2004
Publicado en la Gaceta No. 102 del 26 de Mayo del 2004
CERTIFICACIÓN
URIEL CERNA BARQUERO, Secretario del Consejo Directivo de la
Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras,
CERTIFICA: Que en el Quinto Tomo del Libro de Actas del Consejo
Directivo y en particular del acta número doscientos noventa y
cinco (295), de las tres de la tarde del día miércoles cinco de
mayo - del año dos mil cuatro, se encuentra la resolución,
referente a la "Reformas al artículo 2, numeral 2.4 de la Norma
sobre Depósitos e Inversiones en el País y en el Exterior, que
en sus partes conducentes dice:
El consejo directivo después de las deliberaciones sobre este
punto,
RESUELVE
CD-SIBOIF-295-2-MAY5-2004
PRIMERO: Refórmase el Arto.2, numeral 2.4 de la Norma sobre
Depósitos e Inversiones en el País y en el Exterior, contenida en
resolución CD-SIBOIF-212-1-JUL18-2002 del 18 de julio de 2002, el
cual deberá leerse así.
"2.4 Valores de Bancos Centrales con plazo residual para su
vencimiento no mayor de un año estos valores podrán ser adquiridos
previa autorización del Superintendente de Bancos"
SEGUNDO: Las solicitudes de inversión referidas en la
disposición anterior, deberán ser informadas al Banco Central de
Nicaragua por parte del Superintendentes
TERCERO: La presente resolución entrará en vigencia a
partir de su notificación sin perjuicio de su publicación en el
Diario Oficial, La Gaceta.
Siguen partes inconducentes. Cuando son las cinco y cuarenta y
cinco minutos de la tarde, se declara cerrada la presente sesión.
(f) Eduardo Montiel Morales (f) M. Flores L (f)
Antenor Rosales Bolaños (f) Roberto Solorzano Chacón
(f) Gabriel Pasos Lacayo (f) G. Arguello T.
Secretario Ad-Hoc. Y a solicitud del Superintendente de Bancos,
libro la presente certificación en una (01) hoja de papel
membretado de la Superintendencia de Bancos y de Otras
Instituciones Financieras, la cual, firmo y sello, en la ciudad de
Managua, a las nueve y quince minutos de la mañ ;ana del día trece
de mayo del año dos mil cuatro. URIEL CERNA BARQUERO,
Secretario.
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