Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Civil
Rango: Resoluciones
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REFORMA A LA NORMA SOBRE
PROCEDIMIENTOS PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE FIRMAS DE
CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTES
RESOLUCIÓN CD-BCN-XIII-2-13, Aprobada el 5 de Abril
2013
Publicada en LA Gaceta No. 64 del 11 de Abril del 2013
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que de conformidad con el artículo 31 de la Ley No. 732, Ley Orgánica del Banco Central de
Nicaragua, publicada en La
Gaceta, Diario Oficial No. 148 y 149 del cinco y seis de agosto de
dos mil diez, respectivamente, los estados contables del Banco
Central de Nicaragua (BCN) deberán ser auditados anualmente por una
firma de auditores externos seleccionados por el Consejo Directivo.
La selección de la firma será competencia exclusiva del Consejo
Directivo del Banco, sujeto a los procedimientos que apruebe el
Consejo, y la firma seleccionada no podrá realizar estas auditorías
por más de tres períodos consecutivos.
II
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 19, numeral 13, de
la Ley No. 732, corresponde Consejo Directivo del BCN: Dictar los reglamentos internos y
demás normas generales de operación del Banco.
III
Que según el artículo 19, numeral 21, de la Ley No. 732, es
atribución del Consejo Directivo del BCN dictar las normas
correspondientes y necesarias que garanticen la aplicación de todo
lo establecido en dicha ley.
IV
Que mediante resolución CD-BCN-XLVIII-1-10, del catorce de
diciembre de 2010, el Consejo Directivo autorizó la Norma
sobre Procedimientos para la Selección y Contratación de Firmas de
Contadores Públicos Independientes.
V
Que mediante Resolución CD-BCN-XX-1-12 del dieciséis de mayo de dos
mil doce el Consejo Directivo del BCN aprobó la Reforma a
la Norma sobre Procedimientos para la Selección y Contratación de
Firmas de Contadores Públicos Independientes, que en su
artículo 36 reformado se estableció que el Consejo Directivo
seleccionará anualmente a la firma que realizará la auditoría
externa a los estados financieros del BCN.
VI
Que es necesario efectuar ajustes a la Norma sobre la base del
considerando anterior, con el fin de adaptarla a los tiempos y
requerimientos de los procesos institucionales, que permita la
debida ejecución del proceso, principalmente en lo referente al
tiempo requerido por una nueva firma en la etapa de conocimiento
del negocio, así como de un mayor tiempo para la evaluación y
revisión del informe presentado por la firma contratada.
En uso de sus facultades, a propuesta de su Presidente,
RESUELVE APROBAR
La siguiente,
REFORMA A LA NORMA SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA LA SELECCIÓN Y
CONTRATACIÓN DE FIRMAS DE CONTADORES PÚBLICOS
INDEPENDIENTES
1. Refórmese el Anexo A de la Norma sobre
procedimientos para la selección y contratación de firmas de
contadores públicos independientes, contenida en la Resolución No.
CD-BCNXLVIII-1-10 de fecha catorce de diciembre de dos mil diez,
publicada en La Gaceta No. 23 del cuatro de febrero de dos mil
once, el que deberá leerse de la siguiente forma.
ANEXO A
CRONOGRAMA GENERAL DE TRABAJO DEL CTAE
3
Aprobación de los TDR y la terna de Firmas
Contadores Independientes por parte del Consejo Directivo del
Banco.
Junio
4
Invitar a la Terna de Firmas de Contadores
Públicos
Independientes aprobadas por el CD para que presenten Ofertas
Técnicas y Económicas, conforme los TDR establecidos por el
Banco.
Junio
5
Recibir Ofertas Técnicas y Económicas de las firmas
participantes en el proceso.
Julio
6
Apertura de Ofertas Técnicas por parte del
CTAE.
Julio
7
Evaluación de las Ofertas Técnicas por parte del
CTAE.
Agosto
8
Apertura de Ofertas Económicas por parte del
CTAE.
Agosto
9
Evaluación de las Ofertas Económicas por parte del
CTAE.
Agosto
10
Proceso de contratación de la firma
seleccionada
Septiembre
11
Inicio y desarrollo de la Auditoría Financiera y de
Cumplimiento
Nov.-Enero
12
Discusión de los informes borradores
Febrero
13
Emisión de carta de salvaguarda.
Febrero
14
Revisión definitiva del informe final por parte de
la Gerencia
General.
Abril
15
Presentación al Consejo Directivo BCN del informe
final, para su aprobación.
Abril
16
Publicación de los estados financieros auditados en
la página de internet del Banco.
Mayo
17
Envío al Ministerio de Hacienda y Crédito Público
del informe de los estados financieros auditados.
Mayo
2. La presente resolución entrará en vigencia a partir de esta
fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta,
Diario Oficial.
(f) Ilegible. José Adrián Chavarría Montenegro. Presidente. (f)
Ilegible. Leonardo Ovidio Reyes. Miembro. (f) Ilegible. Iván
Salvador Romero Arrechavala. Miembro. (f) Ilegible. Mario José
González Lacayo. Miembro. (f). Alejandro E. Martínez C. (Alejandro
Ernesto Martínez Cuenca) (f) Ilegible. (f) J.A.A (José Adán Aguerrí
Chamorro). Miembro.
Es conforme con su original y para los efectos legales libro la
presente Certificación en la ciudad de Managua, Republica de
Nicaragua, a los cinco días del mes de abril de dos mil trece.
(f) ilegible. Ruth Elizabeth Rojas Mercado. Secretaria
Consejo Directivo (a.i.).
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