Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Resoluciones
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REFORMA A LA
NORMA PARA LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES DE INSTITUCIONES
FINANCIERAS, ARTÍCULO 3
RESOLUCIÓN
CD-SIBOIF-364-3JUN29-2005, de fecha 29 de Junio del
2005
Publicada en La Gaceta No. 146 del 29 de Julio del 2005
El Consejo Directivo de la
Superintendencia de Bancos en uso de sus facultades ha
dictado:
REFORMA A LA
NORMA PARA LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES DE INSTITUCIONES
FINANCIERAS, ARTICULO 3
PRIMERO: Se reforma el artículo 3 de la Norma para la
Distribución de Utilidades de Instituciones Financieras, publicada
en La Gaceta Diario Oficial No. 239, el 17 de Diciembre del dos mil
tres y sus reformas, el cual se leerá así:
Arto. 3.- Restricciones
No podrán distribuir utilidades, las Instituciones financieras
que:
a) No cumplan con el coeficiente de capital mínimo requerido;
b) No cumplan con el capital social mínimo;
c) Se encuentren en un régimen de transitoriedad en cuanto a la
constitución de provisiones de cualquier activo, es decir, aquellas
a las que el Consejo Directivo de la Superintendencia les haya
aprobado gradualidad o diferimiento para crear sus provisiones,
sean las que han resultado de sus propios cálculos o producto de
las inspecciones de la Superintendencia.
d) Tengan pendientes de registrar ajustes ordenados por la
Superintendencia, o determinada por ellos mismos, sean estos
intereses a sanear o de cuentas varias del balance general;
e) Que la opinión de los auditores externos respecto a la auditoría
realizada al final del período incluya salvedades que puedan
afectar la situación financiera de la Institución;
f) Otras situaciones que a juicio del Superintendente de Bancos
ameriten restringir la Distribución de Utilidades, cuando a
criterio de dicho funcionario y como medida prudencial, dicha
distribución pueda perjudicar la estabilidad o solidez de la
Institución.
SEGUNDO: La presente Resolución entrará en vigencia a partir
de su notificación sin perjuicio de su posterior publicación en La
Gaceta Diario Oficial.. (f) Fausto Carcabelos (f) Antenor
Rosales Bolaños (f) Roberto Solórzano Ch. (f) Gabriel Pasos Lacayo
(f) Alfredo Cuadra. G. (F) U. Cerna B. URIEL CERNA BARQUERO,
Secretario Consejo Directivo SIBOIF.
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