Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Resoluciones
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(PRORROGAR LAS VIGENCIAS DE LAS
RESOLUCIONES No. 253-2010 COMIECO-EX DE 8 DE OCTUBRE DEL
2010)
RESOLUCIÓN No. 329-2013 (COMIECO-LXVI), Aprobado el 12 de
Diciembre del 2013
Publicado en La Gaceta No. 47 del 11 de Marzo del 2014
EL CONSEJO DE MINISTROS
DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al
Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo
de Guatemala-, modificado por la Enmienda del 27 de febrero de
2002; y 6, 7 y 22 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y
Aduanero Centroamericano, es competencia del Consejo de Ministros
de Integración Económica dirigir y administrar el Régimen
Arancelario y Aduanero Centroamericano, así como aprobar y
modificar los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI),
contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación;
Que el Consejo adoptó la Resolución No. 253-2010 (COMIECO-EX) de
fecha 8 de octubre de 2010, mediante la cual aprobó la modificación
en el Arancel Centroamericano de Importación, Anexo
A del Convenio sobre el Régimen Arancelario y
Aduanero Centroamericano, únicamente para El Salvador, aumentando
los derechos arancelarios a la importación de los sacos de fibra
burda, con el objeto de atenuar los efectos que ha ocasionado el
incremento de las importaciones de dicho producto en ese país,
provenientes de terceros mercados, modificación que vence el 31 de
diciembre de 2013;
Que el Gobierno de El Salvador presentó a este Foro una solicitud
de prórroga de la Resolución 253-2010 (COMIECO-EX), por un período
igual al anterior, con el propósito de continuar implementando
acciones que permitan aumentar la producción de fibra burda para la
elaboración de sacos y atenuar el impacto de las importaciones de
dicho producto, provenientes de países fuera de la región que
otorgan subsidios;
Que El Salvador ha manifestado que el cultivo de la fibra burda
requiere un largo periodo de producción, desde que se siembra la
planta hasta que inicia la producción de la fibra, por lo que
solicita prórroga para consolidar diversos proyectos orientados a
aumentar las áreas de siembra, brindar asesoría técnica a los
productores y garantizar la sostenibilidad de la cadena productiva
de la fibra natural,
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 1, 3, 4, 6, 7, 13, 14, 15, 17, 18,
22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero
Centroamericano; y, 1, 3, 5, 6, 10, 15, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del
Protocolo al Tratado General de Integración Económica
Centroamericana -Protocolo de Guatemala-,
RESUELVE:
1. Prorrogar la vigencia de la Resolución 253-2010
(COMIECO-EX) de fecha 8 de octubre de 2010, hasta el 31 de
diciembre de 2016.
2. La presente Resolución entrará en vigencia el 1 de enero
de 2014 y será publicada por los Estados Parte.
Panamá, República de Panamá, 12 de diciembre de 2013. (f) Anabel
González Campabadal. Ministra de Comercio Exterior de Costa Rica.
(f) Mario Roger Hernández. Viceministro, en representación del
Ministro de Economía de El Salvador. (f) Sergio de la Torre Gimeno.
Ministro de Economía de Guatemala. (f) José Adonis Lavaire.
Ministro de Industria y Comercio de Honduras. (f) Orlando Solórzano
Delgadillo. Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua.
(f) Ricardo A. Quijano Jiménez. Ministro de Comercio e Industrias
de Panamá.
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