Periodo De Validez De Los Avales Sobre Estudios Geológicos Efectuados Por Consultores Geólogos Autorizados En El Área De Managua

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Resoluciones - PERIODO DE VALIDEZ DE LOS AVALES SOBRE ESTUDIOS GEOLÓGICOS EFECTUADOS POR CONSULTORES GEÓLOGOS AUTORIZADOS EN EL ÁREA DE MANAGUA RESOLUCIÓN No. 17-2004, Aprobada el 7 de Octubre del 2004 Publicada en La Gaceta No. 207 del 25 de Octubre del 2004 El Suscrito Director Ejecutivo del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (INETER), en uso de las facultades conferidas en la Ley No. 31, Ley Orgánica de INETER, Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 143 del 28 de Julio de 1999 y su Reglamento a través del Decreto Ejecutivo N o . 120-99 publicado en La Gaceta, Diario Oficial del 30 de Noviembre de 1999. CONSIDERANDO PRIMERO: Que el Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (INETER), de conformidad a lo establecido en el arto. 8) inciso 3) de la Ley No. 311, Ley Orgánica de INETER, publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 143 del 28 de julio de 1999 y su Reglamento, es responsable de emitir dictámenes técnicos y Avales sobre microlocalización de asentamientos humanos. SEGUNDO: Que a la fecha existen nuevos conocimientos sobre el fallamiento geológico superficial del área de la ciudad de Managua y sus alrededores, los que están representados en el Mapa de Fallas Geológicas de Managua Escala 1:25,000 publicado por INETER en el 2002. TERCERO: Que nuevas construcciones están siendo erigidas en el área de Managua en terrenos que fueron estudiados y avalados antes del año 2002, algunas veces elaborados para un uso del suelo que no se corresponde con el uso actual, siendo por tanto necesario estudiar y evaluar nuevamente estos terrenos, en vista de los nuevos conocimientos sobre fallamiento geoló gico superficial del área. POR TANTO ACUERDA: ÚNICO: El Aval que extiende INETER sobre los estudios Geológicos efectuados por consultores Geólogos autorizados en el área Managua, tendrán a partir de ésta fecha un período de validez de cinco (5) años, lo que se indicará en el Aval correspondiente. Dado en la ciudad de Managua a los siete días del mes de Octubre del año dos mil cuatro. - CLAUDIO GUTIÉRREZ HUETE , DIRECTOR EJECUTIVO INETER -