Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Resoluciones
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NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL
MONTO DE LOS DEPÓSITOS DE AHORRO DE PERSONAS NATURALES QUE SON
INEMBARGABLES
RESOLUCIÓN No. CD-SIBOIF-401-4-ENE31-2006
De fecha 31 de enero de 2006
Publicada en La Gaceta No. 37 del 21 de Febrero del 2006
El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras
Instituciones Financieras,
CONSIDERANDO
I
Que el artículo 43 de la Ley No. 561, Ley General de Bancos,
Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros,
establece que los depósitos de ahorro de personas naturales, que
tengan por lo menos seis meses de duración en un mismo banco
depositario, contados desde el momento de apertura de la cuenta,
serán inembargables hasta por un monto de ciento cincuenta mil
córdobas en total por persona, a menos que se trate de exigir
alimentos, o que dichos fondos tengan como origen un delito;
II
Que el mismo artículo antes citado, faculta al Consejo Directivo
actualizar el monto de los depósitos de ahorro de personas
naturales que serán inembargables, por lo menos cada dos años en
caso de variaciones cambiarias de la moneda nacional;
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
La siguiente:
NORMA SOBRE
ACTUALIZACIÓN DEL MONTO DE LOS DEPÓSITOS DE AHORRO DE PERSONAS
NATURALES QUE SON INEMBARGABLES
Artículo 1.- Actualizar en ciento setenta mil córdobas (C$
170,000.00), el monto de los depósitos de ahorro de personas
naturales que son inembargables.
Artículo 2.- La presente norma entrará en vigencia a partir
de su publicación en un diario de circulación nacional, sin
perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
(f) Víctor U. V. (f) Antenor Rosales Bolaños (f)
Roberto Solórzano Ch. (f) Gabriel Pasos Lacayo (f)
Alfredo C. G. (f) Alfonso Llanes Secretario Ad
Hoc.
ALFONSO ANTONIO MORGAN P. Secretario Ad Hoc: Consejo
Directivo SIBOIF.
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