Norma Sobre Actualización Del Capital Social De Las Sociedades Administradoras De Fondos De Titularización

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Banca y Finanzas Rango: Resoluciones - NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE TITULARIZACIÓN Resolución N° CD-SIBOIF-878-3-FEB21-2015 Publicado en La Gaceta No. 58 del 25 de Marzo de 2015 De fecha 21 de febrero de 2015 NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE TITULARIZACIÓN El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones financieras, CONSIDERANDO I Que el artículo 120 de la Ley No. 587, Ley de Mercado de Capitales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 222 del 15 de noviembre del 2006, establece que el capital mínimo suscrito y pagado exigible para la creación de las sociedades administradoras de fondos de titularización será de un millón seiscientos mil córdobas (C$1,600,000.00). Asimismo, dicho artículo faculta al Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras a revisar y ajustar el capital social mínimo para éstas sociedades cada dos años, de acuerdo a la variación del tipo de cambio oficial de la moneda nacional. II Que mediante Norma sobre Actualización del Capital Social de las Sociedades Administradoras de Fondos de Titularización, contenida en Resolución No. CD-SIBO1F-766-3-ENE30-2013, de fecha 30 de enero de 2013, publicada en El Nuevo Diario del 18 de febrero de 2013; y en La Gaceta, Diario Oficial No. 68, del 17 de abril de 2013, se actualizó en dos millones ciento setenta mil córdobas (C$2,170,000.00) el capital social mínimo requerido a las sociedades administradoras de fondos de titularización. III Que de acuerdo a las consideraciones antes expuestas y con base en los artículos 6, literal b), y 208 de la Ley de Mercado de Capitales; y artículo 3), numerales 3) y 13) de la Ley 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras y sus reformas. En uso de sus facultades, HA DICTADO La siguiente: CD-SIBOIF-878-3-FEB21-2015 NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE TITULARIZACIÓN Artículo 1. Actualización del capital social.- Se actualiza en dos millones trescientos ochenta y seis mil córdobas (C$ 2, 386,000.00) el capital social mínimo requerido para las sociedades administradoras de fondos de titularización. Artículo 2. Plazo.- En el caso de sociedades administradoras de fondos de titularización que sean autorizadas para constituirse y operar en el país con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente norma, el cumplimiento de capital social actualizado deberá efectuarse al momento de su constitución. Artículo 3. Derogación.- Se deroga la Norma sobre Actualización del Capital Social de las Sociedades Administradoras de Fondos de Titularización, contenida en Resolución No. CD-SIBOIF-766-3-ENE30-2013, de fecha 30 de enero de 2013, publicada en El Nuevo Diario del 18 de febrero de 2013; y en La Gaceta, Diario Oficial No. 68, del 17 de abril de 2013. Artículo 4. Vigencia.- La presente norma entrará en vigencia a partir de su publicación en un diario de amplia circulación nacional, sin perjuicio de posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. (f) S. Rosales (f) V. Urcuyo V. (f) Gabriel Pasos Lacayo (f) Fausto Reyes B. (f) ilegible (Silvio Moisés Casco Marenco) (f) ilegible (Freddy José Blandón Argeñal) (f) A. Morgan P. Secretario Ad hoc" (F) URIEL CERNA BARQUERO, Secretario Consejo Directivo SIBOIF. -