Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Resoluciones
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NORMA SOBRE
ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS
DE FONDOS DE INVERSIÓN
RESOLUCIÓN Nº
CD-SIBOIF-878-2-FEB21-2015, Aprobada el 21 de febrero de
2015
Publicada en La Gaceta No. 58 del 25 de Marzo del 2015
NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES
ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSIÓN
El Consejo Directivo de la
Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones
financieras,
CONSIDERANDO
I
Que el artículo 75, literal a), de la Ley No. 587, Ley de Mercado
de Capitales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No.222 del 15
de noviembre del 2006, establece que el capital social mínimo de
las sociedades administradoras de fondos de inversión es de un
millón seiscientos mil córdobas (C$1,600.000.00). Asimismo, dicho
artículo faculta al Consejo Directivo de la Superintendencia de
Bancos y de Otras Instituciones Financieras a revisar y ajustar el
capital social mínimo de éstas sociedades cada dos años, de acuerdo
a la variación del tipo de cambio oficial de la moneda
nacional.
II
Que mediante Norma sobre Actualización del Capital Social de las
Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión, contenida en
Resolución No. CD-SIBOIF-766-4-ENE30-2013, de fecha 30 de
enero de 2013, publicada en El Nuevo Diario del 18 de febrero de
2013; y en La Gaceta, Diario Oficial No. 68, del 17 de abril de
2013, se actualizó en dos millones ciento setenta mil de córdobas
(C$2,170,000.00) el capital social mínimo requerido a las
sociedades administradoras de fondos de inversión.
III
Que de acuerdo a las consideraciones antes expuestas y con base en
los artículos 6, literal b), y 208 de la Ley efe Mercado de
Capitales; y artículo 3), numerales 3) y 13) de la Ley 316, Ley de
la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras
y sus reformas
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
La siguiente:
CD-SIBOIF-878-2-FEB21-2015
NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL
CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE
INVERSIÓN
Artículo 1. Actualización del capital social.- Se actualiza
en dos millones trescientos ochenta y seis mil córdobas
(C$2,386,000.00) el capital social mínimo requerido para las
sociedades administradoras de fondos de inversión.
Artículo 2. Plazo.- Las sociedades administradoras de fondos
de inversión actualmente operando, que a la entrada en vigencia de
la presente norma tengan un capital social mínimo, suscrito y
pagado, por debajo del establecido en el artículo precedente,
deberán tenerlo pagado a más tardar siete (7) días calendario
después de la próxima Asamblea General Ordinaria de
Accionistas.
Para las sociedades administradoras de fondos de inversión que sean
autorizadas para constituirse y operar en el país con posterioridad
a la entrada en vigencia de la presente norma, el cumplimiento de
capital social actualizado deberá efectuarse al momento de su
constitución.
Artículo 3. Derogación.- Se deroga la Norma sobre
Actualización del Capital Social de las Sociedades Administradoras
de Fondos de Inversión, contenida en Resolución No.
CD-SIBOIF-766-4- ENE30-2013, de fecha 30 de enero de 2013,
publicada en El Nuevo Diario del 18 de febrero de 2013; y en La
Gaceta, Diario Oficial No. 68, del 17 de abril de 2013,
Artículo 4. Vigencia.- La presente norma entrará en vigencia
a partir de su publicación en un diario de amplia circulación
nacional, sin perjuicio de posterior publicación en La Gaceta,
Diario Oficial. (f) S. Rosales (f) V. Urcuyo V. (f) Gabriel Pasos
Lacayo (f) Fausto Reyes B. (f) ilegible (Silvio Moisés Casco
Marenco) (f) ilegible (Freddy José Blandón Argeñal) (f) A. Morgan
P. Secretario Ad hoc" (F) URIEL CERNA BARQUERO,
Secretario Consejo Directivo SIBOIF
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