Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Resoluciones
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(FIJASE EL
PRECIO DEL CAFÈ)
Aprobado el 15 de Diciembre de
1951
Publicado en La Gaceta No. 271 del 17 de Diciembre de 1951
Ministerio de Economía.- Managua, Distrito Nacional quince de
Diciembre de mil novecientos cincuenta y uno. Las diez de la
mañana.
POR
CUANTO:
El párrafo final del artículo 1 del Decreto Legislativo No. 33, de
7 de Diciembre de 1951, dispone que el Ministerio de Economía
fijará. El 15 de Diciembre de cada año, el precio promedio en
moneda extranjera que servirá de base para el establecimiento del
tipo del impuesto sobre los ingresos netos que obtengan los
productores de café por concepto de dicho producto, el suscrito,
Ministerio de Estado en el Despacho de Economía, después de
consultar y computar las actuales cotizaciones de venta de café de
origen nicaragüense en el mercado internacional,
RESUELVE:
Fijar para el año agrícola 1951 a 1952 el precio promedio, F. O. B.
en puesto nicaragüense, de cada quintal de café de cutánea y seis
Kilogramos, en la suma de (US$ 53.00) Cincuenta y Tres Dólares,
correspondiendo, en consecuencia, la aplicación de los tipos
impositivos del 6% (seis por ciento) y del 12% (doce por ciento),
respectivamente, de acuerdo con la escala de precios y porcentual
que contiene el mencionado artículo 1 del referido Decreto.
Comuníquese y Publíquese.- E. Delgado. Ante mí,
Pilar Altamirano C., Oficial Mayor del Ministerio de
Economía.
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