Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Resoluciones
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ELEGIR UNÁNIMEMENTE AL DIPUTADO
DON LUIS A. SOMOZA DEBAYLE, ENCARGADO DEL EJERCICIO DE LA
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
RESOLUCIÓN NO. 77 Aprobado en día 28 de Septiembre de
1956
Publicado en La Gaceta No. 222 del 1 de octubre de 1956
El Encargado del Ejercicio de la Presidencia de la República,
Publicado en la Gaceta No. 222 del 1º. De Octubre de 1956
A sus habitantes,
Sabed:
El Congreso ha ordenado lo
siguiente:
RESOLUCIÓN No. 77
El Congreso Nacional de la República de Nicaragua en Cámaras
Unidas,
Considerando:
Que los señores Ministros de Estado han puesto en su conocimiento,
en nota de esta misma fecha, que el Excelentísimo Señor General don
Anastasio Somoza G., Presidente de la República, se encuentra en
Panamá, en condiciones físicas que no le permiten desempeñar
actualmente sus elevadas funciones;
Considerando:
Que tal circunstancia se deduce de la certificación médica,
suscrita por los facultativos que lo asisten en la hermana
República de Panamá, y que los Señores Ministros acompañan a su
referida nota;
Considerando:
Que se está en presencia de lo dispuesto en el acápite 4) del
Artículo 160 de la Constitución Política, o sea que debe elegirse
un Miembro de las Cámaras que se encargue del ejercicio de la
Presidencia de la República, en la falta temporal del
Titular,
Resuelve:
Artículo 1.- Elegir unánimemente al Diputado don Luis A.
Somoza Debayle, Encargado del ejercicio de la Presidencia de la
República, mientras dure la falta temporal del Presidente de la
República, Excelentísimo Señor General don Anastasio Somoza G.,
debido a las condiciones físicas en que actualmente se
encuentra.
Artículo 2º.- El electo tomará posesión y prestará la
promesa de ley ante el Congreso en Cámaras Unidas.
Artículo 3º.- La presente Resolución será publicada en La
Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones del Congreso en Cámaras Unidas,-
Managua, Distrito Nacional, Septiembre 28 de mil novecientos
cincuenta y seis.- Ulises Irías, Presidente.- J.J. Morales
Marenco, Secretario. Lorenzo Guerrero, Secretario.
Por Tanto: Publíquese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N.,
veintinueve de Septiembre de mil novecientos cincuenta y seis.
LUIS A. SOMOZA D., Encargado del Ejercicio de la Presidencia de
la República.- F. Francisco Romero, Ministro de la Gobernación y
Anexos, por la ley.
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