Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Resoluciones
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(DECLARASE LA GUERRA AL IMPERIO
DEL JAPÓN)
RESOLUCIÓN No. 35, Aprobada el 9 de Diciembre de 1941
Publicada en La Gaceta No. 269 del 11 de Diciembre de 1941
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
RESOLUCIÓN No. 35
LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
RESUELVEN:
Artículo 1.- Desde el día ocho del corriente, existe el
estado de guerra entre la República de Nicaragua y el Imperio del
Japón.
Artículo 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que declare
la guerra a cualquiera Potencia no americana que cometa actos de
agresión contra alguna de las Repúblicas Americanas o les declare
la guerra.
Artículo 3.- Se autoriza igualmente al Poder Ejecutivo para
que dicte todas aquellas medidas que a su juicio sean necesarias
para la propia defensa y cooperación defensiva de todas y cada unas
de las Repúblicas Americanas.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Managua, D.
N., 9 de Diciembre de 1941.- A. Abaunza E., D. P. - C.
Irigoyen, D. S. J. Crist. Rodríguez Z., D. S. (Sello
Cámara de Diputados).
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado, Managua, D. N., Diciembre 9
de 1941.- Onofre Sandoval, S. P.- Carlos A. Morales,
S. S.- J. Solórzano Díaz, S. S. (Sello Cámara del
Senado).
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 10 de
Diciembre de 1941.- A. SOMOZA, Presidente de la República,
(Gran Sello Nacional). MARIANO ARGUELLO, Secretario de
Relaciones Exteriores. (Sello de RR. EE.)
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