Decisiones Relativas Al Regimen Arancelario Y Aduanero Centroamericano

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Resoluciones - (DECISIONES RELATIVAS AL REGIMEN ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO) RESOLUCIÓN No. 83-2002, Aprobado el 02 de Mayo del 2002 Publicado en La Gaceta No. 122 del 01 de Julio del 2002 EL CONSEJO ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO CONSIDERANDO: Que el Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano suscrito en la ciudad de Guatemala, el 14 de Diciembre de 1984, atribuye al Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano la dirección del régimen arancelario y aduanero centroamericano; Que el Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano está integrado por el Ministro de cada Estado bajo cuya competencia se hallen los asuntos de la integración económica, según el derecho interno de cada país; Que el Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA), suscrito en ciudad de Tegucigalpa, el 13 de Diciembre de 1991, en su artículo 18 dispone que es competencia del Consejo de los Ministros Responsables de la Integración Económica y Desarrollo Regional (COMRIEDRE), la ejecución de las decisiones de la Reunión de Presidentes en materia de integración económica e impulsar la política económica integracionista en la región; Que el Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, suscrito en ciudad de Guatemala, el 29 de Octubre de 1993, en su artículo 37 crea entre otros, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) como uno de los órganos que conforman el Subsistema de Integración Económica Centroamericana, con facultades de coordinar, armonizar, converger o unificar las políticas económicas de los países; Que los Ministros responsables de la integración económica centroamericana en cada país, son a la vez integrantes de los tres Consejos: a) Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano, b) Consejo de los Ministros Responsables de la Integración Económica y Desarrollo Regional (COMRIEDRE), y c) Consejo de Ministros de Integración Económica Centroamericana (COMIECO); constituyéndose en cada caso, en el Consejo competente que adoptó las decisiones en la materia correspondiente; Que a partir de la entrada en vigencia del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la ODECA y del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, según corresponda, las decisiones relativas al régimen arancelario y aduanero centroamericano fueron tomadas por los Ministros como Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano; no obstante lo anterior, estas decisiones se incorporaron como parte de las adoptadas por el Consejo de los Ministros Responsables de la Integración Económica y Desarrollo Regional (COMRIEDRE) o por el Consejo de Ministros de la Integración Económica Centroamericana (COMIECO); POR TANTO: Con fundamento en los artículos 5, 6, 7, 9, 12, 22, 23 y 24 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano. RESUELVE: Aclarar que todas las decisiones relativas al régimen arancelario y aduanero centroamericano, incorporadas como parte de las decisiones del Consejo de Ministros Responsables de la Integración Económica y Desarrollo Regional (COMRIEDRE) o del Consejo de Ministros de la Integración Económica Centroamericana (COMIECO), fueron adoptadas por los Ministros que en cada país son responsables de la integración económica, constituidos como Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano. Confirmar que todas las decisiones tomadas en materia arancelaria y aduanera han sido adoptadas en conformidad con las disposiciones del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano y representan la voluntad de los Estados Parte del Tratado General de Integración Económica Centroamericana. Comalapa, El Salvador, 2 de Mayo de 2002. Miguel Ernesto Lacayo, Ministro de Economía de El Salvador.- Tomás Dueñas, Ministro de Comercio Exterior de Costa Rica.- Arturo Montenegro, Ministro de Economía de Guatemala.- Yuliet Handal de Castillo, Ministro de Industria y Comercio de Honduras.- Marco Antonio Narváez, Ministro de Fomento Industria y Comercio de Nicaragua. -